La OCU alerta del detalle imprescindible que debes conocer sobre la Renta
La OCU recuerda lo importante de revisar en profundidad el borrador de Hacienda antes de confirmarlo
La OCU, Organización de Consumidores y Usuarios, alerta sobre un detalle que debemos tener en cuenta a la hora de cumplir con Hacienda. El plazo para confirmar el borrador de la declaración de la Renta ya está abierto y disponemos de casi tres meses para efectuar este trámite. Por eso conviene tomarse su tiempo y revisarlo en profundidad.
Hay que asegurarse de que todo esté correctamente y de que se incluyan todos los ingresos, deducciones y cambios. Existe la posibilidad de que lo confirmemos y finalmente tengamos que pagar de más o de menos.
La OCU recuerda que en caso de equivocación en nuestra contra perderíamos dinero. Pero si el error sale a nuestro favor, nos exponemos a recibir una paralela. Resulta complicado escapar del control de Hacienda, que permanece atento a cualquier imprevisto que se nos pueda olvidar.
La OCU dice en qué fijarse al confirmar el borrador de la declaración de la Renta
La OCU incide en la necesidad de revisar cada uno de los apartados del borrador. Solo de esa manera tendremos la garantía de que cumplimos con nuestra obligación con el fisco. Antes de confirmar este documento, habría que reparar en los siguientes detalles.
Comprueba que estés obligado a declarar
Algunos contribuyentes, por su bajo nivel de ingresos, no tienen obligación de presentar la declaración de la Renta. Sin embargo, puede interesarles cumplir con este trámite si les sale a devolver.
Desde la OCU explican que aunque no exista la obligación de declarar, tendremos que hacerlo si queremos disfrutar de ciertos beneficios fiscales. Es el caso, por ejemplo, de las desgravaciones por compra de vivienda (antes de 2013) o las reducciones por aportaciones a planes de pensiones.
Revisa los datos personales y familiares
Tendrás que incluir en tu declaración de la Renta los cambios que se hayan producido a nivel personal durante el último año. Tanto si te has casado, divorciado, tenido hijos o mudado de casa, esto debes de comunicarlo a Hacienda.
Habrá que realizar lo mismo si has conseguido un certificado de discapacidad o ha incrementado el grado de discapacidad.
Analiza si es mejor individual o conjunta
Hay que analizar si merece más la pena hacer la declaración individual o conjunta. Los que cuenten con hijos menores de 25 años a su cargo, con rentas inferiores a 8.000 euros anuales, pueden aplicar mínimos familiares por descendiente en la declaración. Sin embargo, no existe esta opción cuando los hijos presenten una declaración de IRPF con ingresos superiores a 1.800 euros.
Declarar todos los inmuebles
La OCU señala que deben revisarse "los ingresos que declaras por los inmuebles que no tengas alquilados". Recuerdan que el trastero y hasta dos plazas de garaje compradas a la vez que la vivienda habitual no tributan. Comprueba que aparezcan en el borrador como vinculados al inmueble principal.
Además, hay que verificar que los rendimientos de los inmuebles declarados se imputan de manera correcta. Es probable que el porcentaje de titularidad o el título de la propiedad aparezca erróneo en los datos que maneje la Agencia Tributaria. Ocurre con regularidad en caso de divorcios o herencias.
En el caso de tener una vivienda en alquiler, no te olvides de incluirla en la declaración de la Renta. Para Hacienda resulta muy simple acceder a este tipo de información. A través de los arrendatarios cuando solicitan ayudas o a la hora de cruzar la información consumo de luz y agua saben que está alquilado.
Informa sobre tus inversiones
Las inversiones realizadas durante 2023 deben ser puestas en conocimiento de la Agencia Tributaria. Tanto si has vendido acciones, obtenido pérdidas o hay pérdidas pendientes de compensar.
Subvenciones y ayudas
Las subvenciones obtenidas también deben aparecer en la declaración de IRPF. Entre ellas están las cantidades recibidas por el bono social térmico o ayudas por la compra de un vehículo eficiente.
Beneficiarse de deducciones en la declaración de la Renta
- Desgravación por vivienda habitual: un beneficio al que tendrán acceso aquellos que estén pagando una hipoteca de una vivienda comprada antes de 2013.
- Gastos de trabajo: tienen cabida aquí las cuotas de colegios profesionales y de sindicatos. También los gastos en defensa debido a litigios de carácter laboral, hasta 300 euros.
- Vehículo eléctrico: los que compraran un coche eléctrico a partir del 30 de junio de 2023 pueden deducir el 15% del valor. También desgravarán el mismo porcentaje los que instalaran un punto de recarga en su vivienda, sobre un máximo de 4.000 euros.
- Deducciones familiares: por cónyuge discapacitado (hasta 1.200 euros), familiar numerosa (1.200 euros) y descendiente o ascendiente con discapacidad del 33% o más. También llegaría a 1.200 euros.
- Deducción por maternidad: hasta 1.200 euros al año por cada hijo menor de 3 años para las madres trabajadoras. Los que lleven al menor a una guardería obtendrán una reducción de otros 1.000 euros más.
- Deducciones autonómicas: en algunas comunidades se pueden desgravar gastos educativos, gimnasio, inversión en energías renovables, etc.
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