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Se acaba el plazo: el documento que deben presentar miles de jubilados antes de abril

La Seguridad Social reclama a algunos pensionistas una declaración si quieren mantener sus pagas durante este año

Miles de jubilados españoles deben de apresurarse si no quieren ver suspendida su pensión. Disponen de unos pocos días para aportar a la Seguridad Social un documento específico. Este organismo exige el cumplimiento de unos requisitos para mantener la citada pensión.

Se estima que en nuestro país hay unas 460.000 personas que perciben una pensión no contributiva. Ya sea de jubilación o invalidez. Por medio de este sistema se garantizan unos ingresos mínimos a aquellos que no tienen acceso a pagas contributivas.

Pero los beneficiarios que quieran conservar esta ayuda deben efectuar un trámite antes del 31 de marzo, avisan desde la Seguridad Social. De lo contrario se enfrentarían a una penalización, con una suspensión de la pensión.

El motivo por el que podrían quitarle la pensión a un jubilado

Las personas que cobren este tipo de pensión tienen la obligación de presentar una declaración de los ingresos. Así lo contempla el artículo 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015 y el artículo 16.2 del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo. Además, deben ajustarse a unos plazos que finalizan al término de marzo.

Se trata de una declaración con la renta de la unidad de convivencia referida al año anterior. En este caso habría que aportar la información de 2023. También deben incorporarse las posibles variaciones y previsiones del ejercicio en curso.

De no cumplir con esta exigencia, la Seguridad Social le retiraría la pensión al beneficiario de esta paga. Eso sí, tendría la posibilidad de reactivarla si presenta la documentación requerida. En ella debe confirmar que cumple con las condiciones exigidas para beneficiarse de una pensión no contributiva.

Una vez que formalice este trámite, habrá una retroactividad máxima de 90 días naturales. Empezarán a contar desde el día en que entregue la declaración.

¿Qué otros jubilados pueden quedarse sin pensión?

Hay otro grupo de jubilados que puede verse privados de su pensión, en este caso sería de la pensión ordinaria. Afectaría a aquellos que residen fuera de España. La Seguridad Social les obliga a presentar todos los años una fe de vida y estado antes del 31 de marzo.

Para evitar la suspensión de la paga deben remitir dicho documento a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social. También se les exige que comuniquen cualquier tipo de cambio en el domicilio o de la cuenta bancaria asociado a la pensión.

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