Primer plano de las manos de una persona mayor y la imagen de varios billetes de euros al lado
SOCIEDAD

La Seguridad Social confirma la subida de las pensiones de viudedad en 2024

Las pensiones de viudedad aumentarán un 4%, según un informe del Gobierno

Los beneficiarios de una pensión de viudedad están de enhorabuena después de la publicación que ha realizado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. El informe 'Proyecciones del Gasto Público de Pensiones en España' ha puesto de manifiesto que se prevén subidas de las pensiones no contributivas y contributivas. De cara a 2024, se espera un incremento del 4% y para 2025 del 2%.

¿Cuánto van a subir las pensiones de viudedad en 2024?

Las pensiones de viudedad podrían subir el próximo año entre 300 y 500 euros si los pronósticos del ministerio logran cumplirse. En cuanto a la pensión mínima de viudedad para menores de 60 años, será de 617,03 euros mensuales y 8.638,45 euros anuales.

Si nos referimos a la pensión máxima de viudedad, esta alcanzaría los 942,14 euros mensuales y 13.189,9 euros anuales. Para acogerse a una pensión de viudedad, hay que cumplir ciertos requisitos de la Seguridad Social, como un periodo mínimo de cotización del fallecido.

Hablamos de 500 días y los últimos cinco años justo antes del deceso por enfermedad común. No se va a pedir un tiempo prematuro de cotización si la muerte se produce a causa de un accidente o por enfermedad profesional.

Motivos por los que se extingue el derecho a cobrar la pensión de viudedad

Además, desde el Banco Santander indican que si el día de la muerte no estaba en situación de alta o asimilada, se exigen 15 años cotizados. A su vez, si el causante muere por enfermedad común previamente al matrimonio, para que la pareja reciba esta pensión tendrá que demostrar que existen hijos comunes. O bien que el matrimonio tuvo lugar como mínimo un año antes del deceso.

Entre los motivos por los que se dejaría de cobrar la pensión de viudedad está contraer un nuevo matrimonio o bien hacer efectiva la pareja de hecho.

Otras razones para no poder cobrar dicha pensión son la declaración de culpabilidad en sentencia firme de la muerte del causante. O bien en caso de violencia de género o fallecimiento.

Con todo, los beneficiarios de la pensión de viudedad pueden ser cónyuges, divorciados o separados. Y aquellas personas cuyo matrimonio se declaró nulo, además de pareja de hecho cuando se produjo el deceso.

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