Imagen de fondo de un cartel de una oficina del SEPE y otra de un hombre con gesto preocupado
SOCIEDAD

El motivo por el que no puedes cobrar el paro, aunque te hayas quedado sin trabajo

Muchas personas acuden a las oficinas del SEPE para solicitar la prestación, pero se encuentran con esta sorpresa

Una vez que los trabajadores se quedan sin empleo tienen la posibilidad de solicitar una prestación por desempleo. Para ello es obligatorio que se cuente con un mínimo de 360 días cotizados a la Seguridad Social. Pero en algunos casos, incluso cumpliendo esta última medida, no podrán cobrar el paro.

Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) confirman que mientras queden días de vacaciones por disfrutar no se podrá tramitar esta ayuda. Esto ocurre con bastante frecuencia entre aquellas personas que son despedidas o que finalizan su contrato. Llegan al término de la relación contractual sin haberse beneficiado de esas jornadas de descanso que le corresponden.

Aclaran a los posibles interesados que no es posible pedir la prestación contributiva  porque "todavía no estás en situación legal de desempleo". Este requisito resulta imprescindible para "tener derecho" al paro.

Tuit del SEPE sobre la prestación por desempleo

El SEPE añade que el trabajador pasará a estar desempleado una vez que concluya el periodo de vacaciones no disfrutadas. Además, el pago de esos días por parte de la empresa deben aparecer recogidos en el finiquito o en la liquidación.

Durante ese periodo, hasta que finalicen las vacaciones, la compañía en cuestión tiene la obligación de seguir cotizando a la Seguridad Social por el asalariado. Por lo tant, todavía no se puede pedir el paro.

Cuánto tiempo tiene el desempleado para solicitar el paro

Una vez que lleguen a su fin las vacaciones, la persona sin trabajo ya adquirirá la condición de desempleado. A partir de ahí cuenta con un plazo de 15 días hábiles para solicitar la prestación al Servicio Público de Empleo. Tiene varias vías para realizarlo.

La más sencilla es por medio de la Sede Electrónica del SEPE o acudiendo en persona a una oficina de prestaciones. Para esto último será necesario disponer de cita previa.

También advierten sobre la necesidad de realizar previamente un trámite determinado. Habrá que darse de alta como demandante de empleo en el servicio público de empleo de la comunidad que le corresponda.

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