Una persona entrega unas llaves a otra, con una casa y unos papeles sobre la mesa, y en el círculo, el logo de Hacienda
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Hacienda envía una aclaración a los propietarios españoles que alquilan su piso

Hacienda recuerda cómo influirán en la Declaración de la Renta todos los cambios en materia de vivienda

Hacienda acaba de lanzar un recordatorio a los propietarios de viviendas en situación de alquiler. Deben declarar las rentas como rendimientos del capital inmobiliario, aunque en ocasiones no habrá que hacerlo al 100%. Sobre todo porque existe la posibilidad de desgravar ciertos gastos vinculados con el arrendamiento, como pueden ser impuestos, arreglos o seguros.

Además, hay otro detalle de la Agencia Tributaria que no debe pasar inadvertido. Y es que los dueños de los inmuebles pueden disfrutar de una bonificación del 60% sobre el rendimiento neto del alquiler. Para ello es preciso que el inquilino tenga dicha residencia como vivienda habitual.

Por esto, Hacienda recuerda que el propietario tributará únicamente por el 40%. Algo que no sucede cuando se trata de un arrendamiento temporal o de habitaciones, que implicará el 100% de la renta.

Hacienda desvela los cambios en materia de alquiler

Hacienda explica que la última Ley de Vivienda implicará modificaciones en cuanto a las deducciones. El porcentaje del 60% se reducirá al 50% con carácter general. Pero ese cambio no empezará a aplicarse hasta la declaración de la renta de 2025.

Sí que se introducirán bonificaciones en las zonas tensionadas. Irán desde el 60% hasta el 90% de deducción. En el caso de que se hubieran realizado obras de rehabilitación durante los dos últimos años, se alcanzaría el 60% de reducción.

Se eleva hasta el 70% cuando la casa se alquila por primera vez a jóvenes de hasta 35 años. Por su parte, la bonificación del 90% quedará para aquellos que apliquen una rebaja de al menos el 5% sobre el último precio del alquiler. Pero de momento, habrá que esperar la Campaña de la Renta del próximo año para beneficiarse de ello.

Hacienda también repara en la vivienda vacía

Hacienda, como suele ser habitual, también penaliza a las viviendas que estuvieran vacías durante el último ejercicio. Imputa rentas inmobiliarias y para ello tienen en cuenta los días que estuviera sin alquilar, su valor catastral y un coeficiente.

Para incorporarlo en la Declaración de la Renta hay que ir a 'Apartados Declaración', para a continuación seguir por 'Datos económicos' y 'Bienes inmuebles'. Es preciso señalar el número de días que ha permanecido a disposición de los titulares.

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