Montaje con billetes de euro y persona en silla de ruedas

SOCIEDAD

Las 4 ayudas del Gobierno que pueden pedir los pensionistas con incapacidad permanente

Estas ayudas servirán para aliviar de alguna manera la pérdida de poder adquisitivo que implica la retirada del mercado laboral

Las personas que tengan reconocida una incapacidad permanente no podrán trabajar nunca más, normalmente. A cambio recibirán una pensión, en donde la cuantía de la misma variará en función del grado de la invalidez. Es cierto que se perderá poder adquisitivo, pero a cambio podrán beneficiarse de hasta cuatro ayudas por parte del Gobierno.

Tendrán la opción de compatibilizarla con otras prestaciones, disfrutarán de más ventajas a la hora de reincorporarse al mercado laboral y contarán con más deducciones, entre otras cosas.

Compatibilizar la pensión con algunas ayudas

El afectado por una incapacidad permanente ingresará todos los meses una pensión. La cuantía variará según el grado que tenga reconocido. Para ello se le aplicará un porcentaje u otro al importe de la base reguladora.

Tendrán la posibilidad de percibir la pensión al tiempo que ingresa una nómina, siempre que su estado lo permita. En el caso de que perdiera el empleo, el cobro de dicha pensión también sería compatible con algunas ayudas del SEPE.

Esta pensión podría compatibilizarse con el subsidio para mayores de 45 años cuando se cumplan los requisitos para acceder a él. Entre otras cosas se exige que no se supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, que son 850,50 euros mensuales.

Las opciones se reducen cuando se trata de cobrar la pensión por incapacidad permanente y la Renta Activa de Inserción (RAI). Aunque incluyen a los pensionistas con discapacidad y personas con discapacidad igual o superior al 33%, hay un asunto que puede impedir la compatibilización. Y es que para pedir la RAI es preciso "haber agotado una ayuda por desempleo".

Por su parte, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) está pensado para aquellos que se encuentran en situación de riesgo de pobreza y exclusión social. Si la cantidad que percibe por la pensión de incapacidad fuera inferior al IMV tendría la posibilidad de cobrar la diferencia. Para otorgar el IMV, la administración reparará en los ingresos económicos del solicitante y del núcleo familiar.

Más facilidades para el empleo

La Ley de Empleo de 2023 recoge que todos los beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente tendrán reconocida una discapacidad mínima del 33 %. Esta acreditación le garantiza que haya una igualdad en oportunidad, sin discriminaciones.

La ley contempla la reserva de puestos para las personas con discapacidad en el mercado laboral. Las empresas con más de 50 empleados deben dedicar al menos el 2 % de los puestos a estos trabajadores. Por su parte, en el sector público deben destinarse un 7 % de las plazas a personas con alguna minusvalía.

Los pensionistas con una incapacidad permanente que no dispongan del certificado de discapacidad se perderán unas cuentas ventajas. Entre ellas las rebajas en el ocio y cultura, la tarjeta especial de estacionamiento, ayudas para alquiler y reformas o rebaja de impuestos en vehículos.

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Beneficios fiscales

Los perceptores de una pensión por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez quedan exentos de IRPF. Pero dicha medida no se extiende al resto de ingresos que pudieran conseguir, como puede ser un salario que compatibilice con la ayuda.

Disfrutarán de una serie de beneficios en lo que se refiere a la compra de material sanitario. La venta de prótesis, órtesis e implantes internos tributará al 4 %, mientras que las gafas o monturas lo harán al 10 %. Además, los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio o atención residencial tributan también al 4 %. 

Reducción en el IVA de vehículos

El IVA de los vehículos que se destinen al transporte de personas con discapacidad soportarán una reducción del 4 % de IVA. Entre otros requisitos se exige que durante los últimos cuatro años no se haya matriculado otro coche en la misma situación. Tampoco se permitirá una posterior transmisión en un plazo inferior a cuatro años.