Una pareja revisa unos papeles, y en el circulo, el logo de Hacienda

SOCIEDAD

¿Es mejor hacer la declaración de la Renta conjunta o por separado?

Comprueba en qué casos te conviene más realizar la declaración de la Renta con tu cónyuge o de forma individual

La próxima declaración de la Renta puede venir cargada de novedades para aquellos que hubieran cambiado de estado civil en 2023. Llegado el momento se les plantea una duda. ¿Es mejor hacerla de manera conjunta con la pareja o por separado de forma independiente? ¿Qué opción me interesa más?

Para aclarar esta cuestión, la Asociación Española de Asesores y Planificadores Financieros (EFPA) ha realizado un informe sobre las alternativas a valorar. En primer lugar, hay que valorar que tener hijos en común no implica que deba presentarse obligatoriamente la declaración de la Renta de manera conjunta.

Indican que la reducción del mínimo por descendiente es la misma en la tributación conjunta y en la individual. De optar por la segunda propuesta ese mínimo se acaba prorrateando entre los cónyuges.

Declaración de la Renta conjunta para los que tengan bajos ingresos

La declaración conjunta se presenta como la solución más ventajosa para que los que cuenten con bajos ingresos, apuntan desde la EFPA. Para ello se tendrá en consideración la situación familiar previa al 31 de diciembre de 2023, tanto en lo económico como en lo referente al estado civil.

Explican que cuando uno de los dos miembros de la pareja no obtenga ingresos o sean inferiores a 3.400 euros, les interesará optar por este sistema de tributación a Hacienda. Otra cosa bien distinta es lo que sucede cuando trabajan ambos, ya que la situación varía y compensará más hacerla por separado.

Apuntan que el total de las reducciones a aplicar alcanzarían los 8.950 euros. Sería la cifra que se obtenga de sumar los 3.400 euros por tributación conjunta y los 5.500 euros del mínimo personal. Nos encontraríamos por tanto con una cuantía inferior a los 11.100 euros de las dos individuales.

Cómo pueden realizar la declaración de la Renta las parejas de hecho

La presentación de la declaración de la Renta para las parejas de hecho entraña una mayor complejidad. Las que no cuentan con descendientes no tendrán la posibilidad de hacerla conjunta.

Por su parte, en el caso de los que tengan hijos, solo podrá realizar la conjunta uno de los componentes de la pareja con los descendientes. El otro deberá tributar individualmente y no podrá beneficiarse de la reducción de 3.400 euros.

También puede darse la situación de que unos padres se separen legalmente. De ocurrir esto, la declaración de la Renta conjunta la podrá presentar uno de los dos. Deberá ser con la totalidad de los menores que convivan con ellos o sobre los que tengan la custodia.

Deducir la vivienda habitual en la declaración

Hay otro detalle en el que reparan los expertos. Es en las hipotecas contratadas antes del 1 de enero de 2013 y que están a nombre de los dos miembros del matrimonio. Inciden en que será más beneficioso hacer la declaración de la Renta por separado si añadimos esta deducción de Hacienda.

Así, cada uno de los cónyuges podría aprovechar la deducción del 15 % hasta un máximo de 9.040 euros que contempla la ley. Por lo tanto, entre los dos serían 18.080 euros.