Imagen de fondo de una oficina de Hacienda con fondo desenfocado y en primer plano una imagen de una persona mayor con unos papeles y haciendo cálculos con una calculadora

SOCIEDAD

Hacienda confirma a qué pensionistas perdona la declaración de la Renta en 2024

Algunos beneficiarios de una pensión de la Seguridad Social no tendrán que rendir cuentas ante Hacienda en cuestión de unos meses

Todos aquellos contribuyentes que obtengan rendimientos económicos durante un ejercicio deberán rendir cuentas ante Hacienda. En el caso de los pensionistas, algunos de ellos quedarán exentos de presentar la declaración de la Renta siempre que cumplan con una serie de condiciones. 

Básicamente dependerán de las circunstancias económicas y de la modalidad de prestación que tengan reconocida por la Seguridad Social. Como es lógico, aquellos que menos ganen, no deberán efectuar dicho trámite con la Agencia Tributaria.

Los pensionistas que se libran de la declaración de la Renta

Los jubilados que cobren una pensión pública y que perciban por debajo de 12.900 euros no estarán obligados a presentar la declaración de la Renta. En este apartado también se incluyen las ganancias que puedan obtener de otras partidas como pueden ser los planes de pensiones privados.

Pero, además de este grupo de jubilados, también hay que hacer mención a otros pensionistas. No será necesario que efectúen dicho trámite con Hacienda a partir del mes de abril.

Entre ellos están los que tengan reconocida una incapacidad permanente, ya sea absoluta o de Gran Invalidez. Al margen de que fuera abonada por la Seguridad Social o por entidades que las sustituyan.


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Lo mismo sucederá con los beneficiarios de una pensión de Clases Pasivas. Todo ello hace referencia a los ingresos conseguidos durante el año fiscal 2023, que será el que haya que declarar en la Renta en cuestión de unos meses.

La Ley del IRPF, en su artículo 7, también deja al margen de la tributación a los que perciban una pensión de orfandad. También las pagas a favor de nietos y hermanos, menores de 22 años o incapacitados para desempeñar cualquier trabajo.

La misma situación de cara a la Agencia Tributaria disfrutarán los que perciban una pensión por actos de terrorismo. A ellos se les suma los que recibieran medallas y condecoración por terrorismo o los que sufrieran lesiones o mutilaciones durante la Guerra Civil.