Mensaje de la DGT a los padres que llevan a sus hijos en el coche
La DGT se muestra muy clara sobre la manera en que deben viajar los menores en el coche para que no sufran daños en caso de accidente
La Dirección General de Tráfico (DGT) vuelve a incidir en una cuestión que afecta a los padres que lleven a sus hijos en el coche. La seguridad y prevención resultan esenciales, por lo que recuerdan la obligación de cumplir las normativas vigentes. Aunque para los niños resulte muy atractivo viajar en el asiento delantero del vehículo, esta posibilidad tendrá que esperar hasta que se cumplan una serie de condiciones.
La legislación actual de la DGT señala que hasta 135 centímetros "es obligatorio viajar siempre con un sistema de retención infantil (SRI) adaptados a su peso y talla". Además, recalcan, que "como normal general, deben ir siempre en los asientos traseros".
La DGT indica que de no ir con el SRI correctamente instalado y abrochado, las posibilidades de sufrir lesiones muy graves se multiplican. Ante cualquier frenazo o colisión, el menor saldría disparado con gran fuerza golpeando "a los demás ocupantes del vehículo".
Conviene que los padres estén atentos a todas las novedades que se vayan incorporando en materia normativa. El artículo 117 del Reglamento General de Circulación, modificado por el Real Decreto 667/2015, establece cómo deben viajar los menores en los asientos.
La DGT aclara cuándo pueden ir en los asientos delanteros
La DGT explica que los niños a partir de 12 años y aquellos que sobrepasen los 135 centímetros de altura podrán usar los asientos delanteros. Para ello, al igual que ocurre con el resto de ocupantes, será obligatorio el uso del cinturón de seguridad.
A modo de prevención, también aconsejan que se sigan empleando los sistemas de retención infantil hasta que lleguen a los 150 centímetros. El peso es otro de los factores que se tienen en cuenta, en donde será preciso escoger una silla acorde a los kilos del niño.
Excepciones por parte de Tráfico
Una vez que cumplan con estos requisitos no habrá impedimentos para que viajen en la parte delantera del coche, según la DGT. Pero también hay que hacer mención a una serie de excepciones que permitirán que puedan ir en esa parte del vehículo sin necesidad de cumplir con esa norma.
Será cuando el automóvil carezca de asientos traseros, todos los asientos traseros permanezcan ocupados por menores de menos de 135 centímetros y no se puedan colocar atrás todas las sillitas necesarias. De darse cualquiera de estas circunstancias, el niño podrá hacer uso del asiento de copiloto. Para ello se requiere que utilice un sistema de retención infantil homologado.
Las multas de la DGT
La DGT sancionará a los conductores que no cumplan con estas normas. La multa llega a alcanzar los 200 euros. Incluso los agentes tendrán la posibilidad de inmovilizar el coche en caso de infracción.
Desde Tráfico ofrecen una serie de recomendaciones a tener en cuenta si vas a viajar con niños. Hay que evitar que la cabeza del pequeño sobresalga por encima del respaldo y no llevarlos nunca en brazos ni usando el mismo cinturón de seguridad que el adulto. La silla, además, debe estar correctamente instalada.
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