Personas en una oficina de Hacienda, y en el círculo, la bandera de la Comunidad de Valencia

SOCIEDAD

Todas las deducciones que se pueden hacer en la declaración en la Comunidad Valenciana

La Comunidad Valenciana cuenta con numerosas ventajas fiscales para los que presenten la declaración de la Renta

En la Comunidad Valenciana se estima que en torno a 2,3 millones de personas presentarán este año la declaración de la Renta. Muchos de estos contribuyentes podrán ahorrarse un dinero si son capaces de aprovechar las distintas deducciones autonómicas.

Merece la pena estar atento a estas ventajas fiscales para pagar menos a Hacienda. La plataforma TaxDown detalla cuáles son estas ayudas disponibles al realizar la declaración de la Renta.

Deducciones en la declaración de la Renta en la Comunidad Valenciana

Los ciudadanos de la Comunidad Valenciana tienen a su disposición casi cuarenta deducciones. A continuación te indicamos cuáles son:

Por nacimiento, adopción o acogimiento

La desgravación alcanza los 300 euros por cada hijo nacido, adoptado o acogido. La base liquidable general y del ahorro no puede rebasar los 30.000 euros en individual o 47.000 en conjunta.

Por parto o adopciones múltiples

Los contribuyentes tienen derecho a aplicar una deducción de 246 euros en la declaración de la Renta por nacimiento o adopciones múltiples. Las condiciones en cuanto a la renta son las mismas que en el anterior caso.

Por nacimiento o adopción de niños con discapacidad

La cantidad a desgravar en la Comunidad Valenciana por hijos nacidos o adoptados con discapacidad es de 246 euros. Se podría ampliar a 303 euros si hay otro hermano con discapacidad.

Por familia monoparental o numerosa

Para las familias monoparentales o numerosas, la deducción se sitúa en los 330 euros, aunque con la posibilidad de incrementarla a 660 euros. Esto último sería en los casos de familias monoparentales o numerosas de categoría especial. El límite de ingresos se sitúa en los 30.000 euros en individual o de 47.000 euros en conjunta.

Por las cantidades destinadas a la custodia en guarderías de hijos o acogidos menores de 3 años

Hay una desgravación en la declaración de la Renta en la Comunidad Valenciana para la custodia en guarderías y centros de infantil de hijos o acogidos menores de 3 años. La cuantía a deducir alcanzará el 15% de los gastos de guardería, con un máximo de 297 euros por niño.

Por conciliación del trabajo con la vida familiar

Esta ayuda se destina a las madres en un intento por facilitar la conciliación. Por cada hijo de entre 3 y 5 años percibirán 460 euros. Es preciso que la progenitora esté dada de alta en la Seguridad Social y sus ingresos no rebasen los 30.000 euros en declaración individual o 47.000 en conjunta.

Por ser mayores de 65 años o con discapacidad

Esta deducción está al alcance de los mayores de 65 años o los que cuenten con alguna discapacidad igual o superior al 33%. Tienen derecho a deducir 197 euros, cuando la suma de la base imponible no supere los 25.000 euros en individual o los 40.000 en conjunta.

Por ascendientes mayores de 75 años o mayores de 65 con discapacidad

Los contribuyentes que tengan a su cargo a algún mayor de 75 años o de 65 con alguna discapacidad también podrán deducir en la declaración de la Renta. Alcanzará los 197 euros, siempre que el ascendiente resida con el cuidador al menos la mitad del año y no cuente con rentas anuales superiores a 8.000 euros.

Por contratar a empleadas del hogar de manera indefinida

La contratación de una empleada del hogar de forma indefinida también presenta un beneficio fiscal. Es preciso que se destine al cuidado de descendientes menores de 5 años o ascendientes con más de 75 años o con discapacidad.

La cuantía a desgravar será el 50% de las cuotas a la Seguridad Social abonadas. El máximo será de 660 euros por los descendientes y de 330 euros por ascendiente.

Por obtención de rentas procedentes de arrendamientos de viviendas

Los arrendadores de una vivienda pueden deducir el 5% de los ingresos, con un tope máximo anual de 3.300 euros.

Por compra de primera vivienda a jóvenes de menos de 35 años

Los jóvenes que durante 2023 hubieran adquirido una vivienda por primera vez tienen derecho a deducir el 5% de lo gastado en la declaración de la Renta. La base liquidable general y del ahorro no puede rebasar los 30.000 euros en declaración individual. Será de 47.000 euros en declaración conjunta.

Por compra de vivienda habitual por personas con discapacidad

Las personas con discapacidad que compraran una vivienda habitual pueden desgravar el 5% de lo invertido en la Comunidad Valenciana. El grado de discapacidad será igual o superior al 65% para discapacidades físicas o sensoriales. Para las psíquicas, igual o superior al 33%.

Por cantidades destinadas a la compra o rehabilitación de vivienda habitual

Los ciudadanos que hubieran recibido algún tipo de ayuda pública para la adquisición o rehabilitación de vivienda también tendrán ayudas fiscales. El porcentaje a deducir depende de una serie de factores.

Por el alquiler de vivienda habitual

Los que residan en una casa de alquiler pueden deducir el 20% de lo que abonan, con un límite de 800 euros al año. Se eleva la desgravación al 25% en otros casos. Entre ellos, los jóvenes menores de 35 años o que cuenten con algún tipo de discapacidad.

Por alquiler de vivienda y trabajo en otro municipio

Los contribuyentes que vivan de alquiler y sean autónomos o asalariados en otro municipio podrán desgravar el 10% de la renta. El máximo queda fijado en los 224 euros al año. 

Por inversión en energía renovable

Los ciudadanos de la Comunidad Valenciana que inviertan en energía renovable pueden deducir el 40% de la inversión. Esto será si hacen la instalación en su domicilio habitual o en zonas comunes del edificio. La ayuda se reduce al 20% cuando la obra se realice en una segunda vivienda.

Por donaciones a organizaciones ecológicas

Las personas que realicen donaciones para apoyar la conservación y defensa del medio ambiente se beneficiarán de una desgravación en la declaración de la Renta. Alcanzará el 20% de los primeros 150 euros donados y el 25% el resto.

Por donaciones al Patrimonio Cultural Valenciano

Las aportaciones que se realicen al Patrimonio Cultural Valenciano desgravarán un 20% los primeros 150 euros. Para el resto del dinero supondrá el 25%.

Por donaciones que fomenten la Lengua Valenciana

Los contribuyentes que hagan aportaciones que sirvan para promocionar y fomentar la lengua valenciana deducirán el 20% de los primeros 150 euros. El resto del dinero donado desgravará el 25%.

Por donaciones que apoyen proyectos culturales, deportivos o científicos

La deducción llegará al 25% para los que donen dinero, bienes o derechos para respaldar proyectos culturales, deportivos o científicos.

Por tener dos o más hijos

En la Comunidad Valenciana permiten deducir el 10% a los contribuyentes con dos o más hijos. La suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar no puede rebasar los 30.000 euros.

Por el aumento de los costes de financiación en la vivienda habitual

Los ciudadanos que soportaran un incremento en los costes de los préstamos para la compra o rehabilitación de vivienda tendrán también ayudas. Podrán deducir en la declaración de la Renta el 50% de la diferencia positiva entre lo que abonaron este año por el préstamo y lo pagado el anterior.

Por compra de libros de texto y material escolar

La desgravación por compra de libros de texto y material escolar en la Comunidad Valenciana se eleva a 110 euros por cada hijo. El solicitante debe encontrarse en situación de desempleo y registrado como demandante de empleo. La suma de los ingresos no debe rebasar los 30.000 euros en declaración conjunta o 47.000 en conjunta.

Por obras de mejora, accesibilidad y sostenibilidad en la vivienda

Los que hicieran obras para la mejora de calidad, conservación y accesibilidad de la vivienda deducirán el 20% de lo invertido. Alcanzará el 50% cuando dichas reformas sean de accesibilidad para personas con discapacidad igual o superior al 33%.

Por obras de mejora y accesibilidad hechas en 2014 y 2015

Hay una deducción por obras de conservación o mejora en vivienda habitual efectuadas en 2014 y 2015. La cuantía ascenderá al 10% del total invertido para las reformas de 2014, y del 25% para las de 2015.

Por adquisición de abonos culturales

Los residentes en la Comunidad Valenciana que hubieran adquirido abonos culturales desgravará el 21% de los gastos. Se exige que el beneficiario cuente con ingresos por debajo de los 50.000 euros anuales.

Por compra de vehículos eléctricos

Será posible deducir el 10% del coste de una bicicleta o un vehículo eléctrico en la declaración de la Renta.

Por adquisición de acciones en compañías de nueva creación

Los que invirtieran en nuevas empresas tienen derecho a desgravar el 30% de lo invertido, con un tope de 6.600 euros. La compañía en cuestión debe contar con un domicilio social y fiscal en Valencia y tener a una persona contratada a jornada completa.

Por residencia en municipio en riesgo de despoblamiento

La deducción alcanzará los 330 euros para los que residan en municipios de la Comunidad Valenciana en riesgo de despoblamiento. Se le añadirá 132 euros más por hijo, 198 euros por dos y 264 euros por tres o más.

Por cantidades satisfechas en gastos de salud

Los gastos de salud que no estén cubiertos por la Seguridad Social permiten aplicar una serie de deducciones. Será de hasta 100 euros para enfermedades crónicas o raras; y el 30% de los gastos, con un tope de 150 euros para salud bucodental no estética. Para la salud mental, la desgravación alcanza el 30%, con un límite de 100 euros.

Por cantidades gastadas en tratamientos de fertilidad

Las personas que asumen un tratamiento de fertilidad en clínicas autorizadas tienen la posibilidad de desgravar 100 euros. Exigen que sea una mujer de entre 40 y 45 años.

Por gastos en deportes y actividades saludables

La deducción en la declaración de la Renta se eleva hasta el 30% de los gastos, con un máximo de 150 euros, para la práctica de actividades deportivas y saludables. Para los mayores de 65 años o personas con discapacidad igual o superior al 33% alcanzaría el 50%. Se cubre el 100% para mayores de 75 años o discapacidad igual o superior al 65%.

Por las ayudas públicas percibidas por trabajadores afectados por un ERTE

Los trabajadores afectados por un ERTE o que redujeran su jornada laboral por conciliación a causa del Covid también contarán con beneficios fiscales. Se aplica el tipo medio de gravamen autonómico al importe recibido como ayuda pública.

Por donaciones para financiar programas de investigación en infecciones por la Covid-19

Los contribuyentes de la Comunidad Valenciana que hicieran aportaciones para la investigación y desarrollo científico destinados al tratamiento del Covid-19 también tendrán beneficios. Podrán desgravar el 20% de lo donado en los primeros 150 euros. Se eleva al 25% sobre el resto de la cantidad facilitada.

Por donaciones para ayudar a financiar los gastos provocados por la Covid-19

Las personas que realizaron donaciones para ayudar a cubrir los gastos procedentes de la crisis sanitaria desgravarán el 20%. Este porcentaje se aplica sobre los primeros 150 euros, mientras que para el resto serán el 25%.

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