Imagen de fondo de una oficina de Hacienda con fondo desenfocado y en primer plano una imagen de una persona mayor con unos papeles y haciendo cálculos con una calculadora
SOCIEDAD

La persona encargada de hacer la declaración de la Renta en caso de fallecimiento

Despejan las dudas sobre quién está obligado a hacerse cargo de la Renta 2023 si muere un familiar

Perder a un ser querido siempre es un golpe durísimo y complicado de superar. Lo cierto es que, a veces, tras producirse el deceso, nos entran ciertas dudas sobre algunas cuestiones, por ejemplo, referentes a asuntos fiscales.

No sabemos si un familiar que ha fallecido en 2023, tiene que acometer sus obligaciones con Hacienda de cara a la Campaña de la Renta, que comenzaba hace unos días.

Pues desde Expansión y el Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF-CGE) dan un poco más de luz sobre este tema. Así las cosas, apuntan que el impuesto se devenga en el día de la muerte del pariente, según la Guía para hacer la declaración de la Renta. Y si este tenía que presentar la declaración de la Renta, al haber fallecido, tendrán que ser sus sucesores los que la presenten.

Aviso de Hacienda si un familiar fallece: sus sucesores, obligados a presentar su Renta

Si sale a devolver la declaración de la Renta del fallecido y queremos cobrar lo que le devuelve el fisco, tendremos que aportar algún tipo de documentación. Y esta varía según la cantidad a devolver sean 2.000 € o más o si no llega a esa cifra.

En el caso de que el resultado sea a ingresar y el contribuyente se vea obligado a pagar a Hacienda la cantidad que le corresponda, el consejo de Expansión es claro. No debemos domiciliar el importe en una cuenta de los sucesores.

No debemos domiciliar el importe en una cuenta de los sucesores: evita problemas

El motivo no es otro que el banco no va a cobrar el 1 de julio esta cantidad en cuestión tras la declaración de la Renta. Y todo, al no coincidir el contribuyente con los titulares de la cuenta bancaria.

Lo que ocurre en estos casos es que la deuda con Hacienda va a entrar en apremio. Esto significa que la administración ha decidido ejecutar el cobro de la deuda. Esta estrategia se suele llevar a cabo "después de que se hayan agotado las vías ordinarias de cobro, como los recordatorios o avisos previos", deslizan desde TaxDown.

El apremio no solo engloba la deuda original, sino que a esta se le añaden recargos, intereses de demora, por ejemplo. Toma buena nota si no quieres tener problemas con la Renta de un familiar fallecido.

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