El aviso del Banco de España a los que tengan domiciliada la luz y el agua en abril
El Banco de España nos informa de los dos requisitos que debemos cumplir si queremos devolver un recibo
En nuestro país, a la hora de pagar los suministros correspondientes de nuestro hogar, por ejemplo la luz, el agua o el gas, lo solemos hacer a través de domiciliación bancaria.
Sin duda, es la forma más cómoda de abonar esta serie de gastos que tenemos que pagar religiosamente cada mes. Así, cada vez que nos quieran cobrar alguna factura, nos olvidamos de todo y nuestro banco nos cobrará esas cantidades de forma automática.
Sobre este asunto, el Banco de España nos ha avisado de que tenemos el derecho a poder hacer alguna devolución de alguna de estas domiciliaciones de forma puntual.
Aviso importante del Banco de España si queremos devolver un recibo de agua o luz
Eso sí, siempre habrá que dar unas razones concretas y justificadas, porque si no es así, podremos tener problemas importantes. Tenemos que explicar en tiempo y forma a nuestro banco el motivo por el que queremos que se nos devuelva un pago.
Si no lo hacemos bien, hay peligro de que las compañías de agua o luz con las que trabajamos piensen que queremos dejar la relación contractual con estas. Y nos pueden cortar el suministro sin previo aviso.
En otro orden de cosas, si ejecutas la devolución de la factura a un organismo público, atente a las consecuencias de esta acción. Y es que podrías perder alguna subvención que te estén abonando e incluso podrías sufrir recargos.
Hay que justificar la devolución para no tener problemas
Para no tener problemas a la hora de devolver algún recibo, en el Banco de España exponen que tenemos que cumplir dos premisas, siempre avisando con tiempo.
- El ciudadano no cuenta con información del cargo bancario
- Que después de varios abonos de un pago que sea más elevado de lo normal, no tengamos un recibo
El Banco de España insiste en que, sobre todo, lo más importante es tener un motivo de peso para que solicitemos esa devolución. "La normativa de servicios de pago contempla el derecho del cliente a ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender", desliza.
Si nos atenemos a normativa vigente, el plazo que tienen los usuarios para hacer esa devolución de los recibos es de 8 semanas a 13 meses. Esta diferencia de tiempo se relaciona con que haya o no una autorización previa.
Si por lo que sea, no hay autorización, nuestra entidad bancaria tiene hasta 10 días hábiles para devolver ese abono o bien justificar su recibo.
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