La forma de pedir a la Seguridad Social que revise lo que cobras de pensión
La Seguridad Social puede equivocarse en la cuantía de la pensión, por lo que el jubilado tiene la posibilidad de presentar alegaciones
Llegada la jubilación, la Seguridad Social se encargará de aprobarnos una pensión en el caso de alcanzar los periodos de cotización exigidos. Sin embargo, puede ocurrir que la cuantía a percibir no se ajuste en realidad a lo que nos corresponda. De ocurrir esto, el ciudadano tiene la posibilidad de solicitar una revisión de la misma.
Por lo general, el organismo estatal suele hacer un cálculo acertado para facilitar la jubilación. Pero tampoco está de más que el posible beneficiario de la ayuda revise en profundidad las condiciones por si pudiera existir algún tipo de error. Nadie está libre de equivocarse.
De ocurrir esto, habría que dirigirse a la Seguridad Social para subsanar el problema lo antes posible. Así se podrá recalcular de nuevo el importe de la pensión. La mayor parte de los errores se producen por no computar determinados periodos laborales.
Los fallos más frecuentes de la Seguridad Social
Es probable que la Seguridad Social omita algún periodo trabajado, en el que se hubiera cotizado y no aparezca en la vida laboral. También cabe la posibilidad de que no recoja algunas cotizaciones de distintos regímenes o no se cuenten las cotizaciones en otros países. Esto último se produce en aquellos casos en los que el pensionista haya desarrollado su carrera profesional en el extranjero.
Otro error muy frecuente por parte de este organismo es que no tenga en consideración el tiempo que se ha estado cobrando el paro. La prestación por desempleo también cotiza para la jubilación.
Qué hacer para que nos revisen la pensión
Si detectas algún tipo de fallo en la cuantía de la pensión, en primer lugar habrá que localizar los periodos omitidos en la vida laboral. Es importante que a lo largo de nuestra carrera profesional guardemos todo tipo de documentos. Ya sean nóminas, contratos o certificados de empresas.
De esta manera resultará mucho más sencillo acreditar los periodos de cotización.
Una vez que tengamos en nuestro poder todas estas pruebas, con los periodos que faltan, habrá que hacer la reclamación a la Seguridad Social. Se realizará por escrito, ya sea de manera presencial en las oficinas del organismo público o a través de la Sede Electrónica.
Solicitada la revisión habrá que armarse de paciencia. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) comprobará al detalle nuestra reclamación. Para ello cruzarán los datos facilitados por el jubilado con los que ellos tienen en sus sistemas.
Disponen de un plazo máximo de 45 días para dar una respuesta. En el caso de no estar de acuerdo con la decisión, siempre se pueden presentar alegaciones.
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