Los documentos que recomiendan guardar siempre en casa para evitar sustos
La OCU desvela el periodo de tiempo que deben conservarse contratos, escrituras, recibos o pólizas de seguro
En nuestra casa llegamos a acumular montones de documentos. Entre facturas, contratos, notificaciones del banco, seguros o escrituras, posiblemente tengamos una gran montaña de papeles. Pero lo que desconocemos es que en ocasiones hay que conservarlos durante un tiempo.
Es cierto que lo digital ha ido imponiéndose en los últimos años, pero eso no ha sido impedimento para que todavía se siga generando papeleo. Siempre nos vemos desbordados por la cantidad de recibos y documentos que guardamos.
Aunque lo realmente importante es quedarse con aquello que nos vaya a hacer falta en el futuro. Siempre existe la posibilidad de que nos reclamen algo dentro de un periodo de tiempo establecido por la ley. Aunque también tienen validez para que el usuario pueda ejercer sus derechos en algún momento.
Los documentos que debes tener bajo control
No hace falta que guardes todos los papeles que lleguen a tus manos. Algunos bastará con que los tengas en tu poder unas semanas o meses. Pero hay otros que cuentan con un periodo de garantía mucho mayor, como recoge la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en su web.
Tickets y facturas
Como mínimo deben conservarse durante tres años. Es el plazo de garantía de un bien. Por medio de estos justificantes podrás probar la fecha de compra y si careces del ticket o factura perderás el derecho a reclamación.
Mientras esos bienes que adquieres estén en tu poder conviene guardar correctamente dichos papeles Ya sean electrodomésticos, joyas, aparatos electrónicos u objetos de valor. Sobre todo para demostrar ante el seguro el perjuicio sufrido en caso de robo o accidente.
Pólizas de seguros y documentación adicional
Las pólizas de seguros tienen que guardarse al menos un par de años más desde que finaliza el contrato. Además, también nos exigen conservar las notificaciones de cancelación. Así se demostrará que hemos comunicado a la empresa el deseo de resolver el contrato en forma y plazo.
Por su parte, cuando consistan en seguros de personas, el plazo de mantenimiento de los documentos se amplía a cinco años. Esto afecta a los que cubran salud, accidentes o decesos.
Contratos de alquiler
Hay que guardarlos hasta cinco años después de la conclusión del contrato de alquiler. Principalmente porque las rentas no abonadas tardan un lustro en prescribir. Es la manera de demostrar que lo tienes todo pagado y que te ajustaste a lo recogido en el citado acuerdo.
También conviene quedarse durante un tiempo con el inventario en el que aparezca el estado de la vivienda al entrar y al salir.
Escrituras de titularidad
Las escrituras deben conservarse para siempre. Sirven para acreditar la titularidad de un bien, ya sea una vivienda o un local. Te resultarán de validez, además, cuando quieras transmitir el bien.
Nunca estará de más tampoco guardar los justificantes de compra, los planos y las memorias de calidades. La OCU recuerdo que puede hacerse lo mismo con aquellas facturas de reparaciones u obras de mantenimiento.
Resguardos de pago
Los resguardos de pago deben conservarse hasta que prescriba el plazo. Son útiles para confirmar que hemos cumplido con nuestras obligaciones. Puede referirse al pago de una multa, un impuesto o de una deuda.
Documentos académicos y profesionales
Hay que mantenerlos en nuestro poder de manera indefinida, para siempre. Demuestran que tenemos los estudios finalizados.
Documentos de identidad
Los documentos que sirvan para acreditar la identidad de una persona, como el DNI, pasaporte, libro de familia o la tarjeta de la Seguridad Social son para siempre.
Contratos de trabajo
La mayoría piensa que bastará con guardarlos hasta que finalice la vinculación con la empresa. Pero lo aconsejable sería tenerlos con nosotros hasta que se nos admita el derecho a pensión.
Documentación fiscal
Cualquier trámite con Hacienda debe conservarse hasta cuatro años después de la declaración de la Renta. Por lo tanto, no dudes en almacenar los justificantes de pago de gastos deducibles o cualquier detalle que acredite el derecho a una ventaja fiscal.
Documentación sanitaria
Los documentos médicos los mantendremos con nosotros varios años. Pueden resultarle de gran valor a los profesionales sanitarios en el futuro. Sobre todo en lo referente a pruebas, análisis y operaciones.
Tiempo a conservar los documentos
Tipo de documento | Tiempo a guardarlo |
DNI, pasaporte y libro de familia | Siempre |
Títulos académicos | Siempe |
Facturas | 3 o 5 años |
Tickets de compra | 3 o 5 años |
Impuestos | 5 años |
Escrituras de una vivienda | Mientras se mantenga la titularidad |
Contrato de alquiler | Hasta 5 años después de la finalización del contrato |
Contrato laboral | Hasta que llegue el momento de solicitar la pensión |
Justificante de pago de seguros | 2 o 5 años a partir de la conclusión del seguro |
Pruebas médicas | De 1 a 10 años |
Permiso de circulación e ITV | Mientras sea propietario del vehículo |
Contrato de venta del coche usado | Al menos seis meses desde la fecha de venta |
Testamento | Siempre |
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