Montaje con varios billetes de euro, el logo de la Agencia Tributaria y un círculo con unas manos sujetando un móvil
SOCIEDAD

El cambio que acaba de anunciar Hacienda y afecta a millones de contribuyentes

Hacienda facilitará el camino para que los ciudadanos puedan corregir los hipotéticos errores tributarios

Hacienda quiere facilitar un poco las cosas a los ciudadanos con trámites como las liquidaciones del IRPF o IVA, entre otros. Así, al modificar, completar o rectificar errores en estas presentaciones de impuestos, será mucho más fácil hacerlo, tal y como ha publicado hace unas horas el BOE.

Desde ahora, aquellos que se hayan visto perjudicados por cualquier liquidación de alguno de estos impuestos pueden realizar una autoliquidación para modificar la declaración presentada en su momento.

Hasta el momento, cuando se daba este supuesto, se tenía que hacer primero la documentación complementaria, y rectificar más tarde. Por tanto, esta nueva forma de corregir errores va a sustituir a un sistema mucho más engorroso. La modificación llega procedente de una enmienda del PSOE a la Ley 13/2023, de 24 de mayo.

Hacienda dejará rectificar errores sin tener que presentar una complementaria

Con todo, Hacienda va a cambiar los diferentes reglamentos de los siguientes impuestos para implementar este nuevo sistema. Así las cosas, se podrán presentar autoliquidaciones rectificativas del IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades, Impuestos Especiales (de fabricación, al carbón y sobre la energía) y por Gases Fluorados, efecto invernadero.

Ahora solo falta que Hacienda presente los modelos que se van a usar. Unas autoliquidaciones que podrán realizarse sin esperar a la resolución administrativa y previamente a que prescriba el derecho de la Administración para fijar la deuda o derecho a pedir la devolución. En caso de no ser así, se va a considerar que dicha notificación tiene carácter extemporáneo.

Lo que Hacienda requiere a los ciudadanos que en esta corrección tendrá que venir la razón de ese cambio y el periodo al que afecta. Por ejemplo, podrá realizarse este tipo de corrección si el contribuyente tiene que ingresar una cuantía mayor a la previamente declarada. O bien que el fisco tenga que devolver una cantidad menor.

Hacienda tendrá seis meses para hacer la devolución desde el fin del plazo de presentación

Además, si de la rectificación resulta una devolución de Hacienda, quedará como solicitada esta devolución con su presentación. Con todo, Hacienda tendrá un plazo de seis meses para hacer esa devolución desde que finalice el plazo para la presentación de la autoliquidación. O si hubiera finalizado dicho plazo desde la presentación de la rectificación.

Si el contribuyente que acomete la rectificación pagase menos a Hacienda que en la primera declaración, seguirá obligado a pagar hasta el límite del nuevo importe a ingresar. Si la deuda proveniente de la autoliquidación primera fue aplazada o fraccionada, con dicha rectificación quedará claro que se pide la modificación de las condiciones del aplazamiento.

Por último, el Ministerio de Hacienda expone que dichas autoliquidaciones rectificativas no estarán relacionadas con aquellos casos en los que hayan sido regularizadas con liquidaciones definitivas.

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