La ayuda de 525 euros a la que podrías tener derecho si ya te has jubilado
Los jubilados que cobran una pensión no contributiva pueden recibir una ayuda al alquiler si cumplen ciertos requisitos
Cuando llegamos a la jubilación y tenemos derecho a cobrar una pensión, muchas veces necesitamos un empujón extra. Un complemento en forma de ayuda para sumar a la pensión. En este caso, nos centramos en los jubilados que cobran una pensión no contributiva, que gestiona el Imserso, y que este año asciende a 517,90 euros.
Hablamos de una pensión que se cobra en 14 pagas, siendo dos de ellas extraordinarias. Si te has jubilado y no cobras una pensión suficiente para afrontar todos los gastos, el Imserso ofrece la posibilidad de pedir una ayuda, en un pago único, de 525 €.
Los pensionistas que pueden pedir una ayuda al alquiler de 525 euros: requisitos
Un extra para el que tendrás que cumplir ciertos requisitos y el primero de ellos es que estés viviendo en una casa alquilada. No son pocos los requisitos a cumplir y, una vez que realices la solicitud, el compromiso del citado organismo es resolverla en un plazo máximo de tres meses.
El plazo para pedir esta ayuda al alquiler termina el próximo 31 de diciembre de 2024. Puede solicitarse en los Servicios Sociales de la comunidad autónoma donde se resida, si bien la forma más rápida de hacer esta gestión es entrando en la Sede Electrónica del Imserso. Estos son los requisitos a cumplir para poder percibir la ayuda:
- Residir de forma habitual en una vivienda alquilada.
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- Tener reconocida una pensión no contributiva de jubilación o invalidez.
- No tener viviendas en propiedad.
- El plazo de solicitud finaliza el 31 de diciembre de 2024.
- El arrendador de la vivienda no puede mantener una relación conyugal o de parentesco, hasta tercer grado, con el pensionista que solicita la ayuda.
Asimismo, el Imserso aclara qué ocurre si en el mismo hogar conviven dos o más personas que estén cobrando una pensión no contributiva. En tal caso, solo podrá percibir la ayuda de 525 € “el titular del contrato de arrendamiento". En caso de que "fueran más de uno los titulares, solo cobraría este complemento el primero de los mismos”.
Sumando los 7.250,60 euros anuales a los 525 de la ayuda al alquiler, el total anual ascendería a 7.775,6 €. Aquellos pensionistas cuya discapacidad sea del 75% o más y acrediten el requerimiento de otra persona para sus tareas esenciales, percibirán una ayuda del 50% del total de su pensión. Un complemento que llega a los 3.625,30 € anuales.
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