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SOCIEDAD

¿Puede fijar la empresa la mitad de tus vacaciones aunque no estés de acuerdo?

Muchos trabajadores deciden durante estos días las fechas de sus vacaciones, teniendo que pactarlas con su empresa

Se aproxima el verano y muchos trabajadores ya programan sus vacaciones. Estos profesionales, en ocasiones, deben pactar con la empresa la opción que más convenga a ambos. Aunque existe todavía la creencia de que las compañías pueden decidir la mitad de esas vacaciones. 

La elección de este periodo aparece contemplado en el Estatuto del Trabajador y en los convenios colectivos. En nuestro país, todos los asalariados tienen derecho al disfrute de 22 días laborables de vacaciones por año trabajado. Esto se traduciría en un total de 30 días naturales. 

Para decidir estas fechas, el empleado y la empresa deben ponerse de acuerdo en función de lo que aparezca en el convenio. En el caso de que no recoja la posibilidad de que la compañía elija una parte de esas vacaciones, la decisión se adoptará de mutuo acuerdo o siguiendo el convenio. 

Pero puede darse la circunstancia de que existan diferencias entre las dos partes. De ocurrir esto, la jurisdicción social se encargaría de determinar el periodo vacacional, según aparece en el Estatuto. Además, la medida que establezca sería irrevocable. 

No obstante, la mayoría de las veces no se llega a este punto y los conflictos se solucionan previamente a través del diálogo. Tanto trabajador como empresa procurarán fijar unas fechas que resulten del agrado de ambos y no afecten a los intereses de nadie. 

Es probable que a las compañías les interese conceder el periodo de descanso en las épocas de menor carga de trabajo. En el caso del profesional, tratará de disfrutar las vacaciones durante el verano o semanas festivas como Navidades. Conviene siempre que las dos partes cedan en algún instante y se repare en los intereses tanto del empleado como del negocio. 

Con cuánto tiempo de antelación se piden las vacaciones 

Las vacaciones deben ser solicitadas por el profesional con una antelación de al menos un par de meses. En el caso de que durante ese periodo sufriera una enfermedad o lesión y le concedieran la baja médica, esos días de descanso no se perderían. 

Tendría la posibilidad de disfrutarlos una vez que concluyera la incapacidad temporal. 

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