Montaje con una mujer algo mayor sonriendo y billetes de euro en una cartera
SOCIEDAD

Si tienes uno o más hijos, tienes derecho a cobrar un generoso plus en la pensión

Este complemento tiene el objetivo de minimizar la brecha de género tras el nacimiento o adopción de un hijo

Tanto a las madres como a los padres, les interesará saber que pueden aumentar su pensión gracias a un plus implantado hace 3 años por la Seguridad Social. Dicho organismo ofrece un complemento a las personas que tengan uno o más hijos y soliciten una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

Estas personas podrán acceder a un plus que tiene el objetivo de minimizar la brecha de género sufrida en su vida profesional al nacer o adoptar un hijo. 

El atractivo complemento que pueden pedir hombres y mujeres con uno o más hijos

Este complemento está destinado tanto a hombres como mujeres y para solicitarlo, hay que cumplir una serie de requisitos. Hay que pedir este plus al solicitar la pensión, tanto en el Instituto Nacional de la Seguridad Social como el Instituto Social de la Marina, para los trabajadores del mar.

Montaje con familia y mano con billetes

En cuanto a la cuantía de este complemento, esta va variando según la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Por ejemplo, en lo que respecta a este año, la Seguridad Social subió dicho plus un 5%, llegando hasta los 33,20 € mensuales por hijo.

Requisitos para que las mujeres soliciten el plus de género en la pensión

  • Alta en la Seguridad Social y pedir una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad
  • Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil
  • Los complementos de la Seguridad Social no pueden acumularse. Se hará el pago en el régimen donde la persona que solicita la pensión haya sumado más tramos cotizados

Requisitos para los hombres

En primer lugar, deben poder percibir una pensión de viudedad por deceso del otro progenitor por los hijos en común, si alguno tiene derecho a cobrar una pensión de orfandad.

Además, tienen que poder cobrar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente. Y quedar afectada su vida profesional por el nacimiento o adopción, bajo dos condiciones:

  • En caso de nacimientos o adopciones con fecha límite de 31 de diciembre de 1994, se pide más de 120 días sin cotizar entre los nueve meses previos y los tres años tras el nacimiento o adopción. Será así cuando el total de las pensiones sea más bajo del que correspondería a la mujer
  • Sobre nacimientos o adopciones a partir del 1 de enero de 1995, las bases de cotización durante los 2 años posteriores deben reducirse por encima del 15% comparadas con los 2 años anteriores. Y la cuantía de las pensiones reconocidas debe ser menor al que correspondería a la mujer
Montaje con una imagen de un padre y un hijo abrazándose y unos billetes de euro al lado izquierdo

¿Cómo solicitar el complemento de género al pedir la pensión?

Para solicitar dicho complemento a través de la web de la Seguridad Social, se necesita el DNI electrónico, el certificado digital o el sistema 'Clave'. Además, también está la opción de solicitar el plus de forma presencial mediante cita previa.

No hay que olvidar que cuando se vaya a solicitar la pensión correspondiente, hay que marcar debidamente la casilla en la que se desea cobrar este plus. Y es necesario completar todos los datos en referencia a los hijos que haya tenido el solicitante.

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