Montaje con una mujer mayor tomando apuntes, un círculo con una señal del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y una cartera con varios billetes de euro

SOCIEDAD

Si ya has cotizado 40 años, ¿te puedes jubilar y empezar a cobrar la pensión?

Conoce la edad a la que podrás jubilarte, percibiendo el 100% de la pensión, si has cotizado cuatro décadas de tu vida

Hay un momento de nuestra vida profesional en la que ya pensamos más en la pensión de jubilación que en el propio trabajo. "Una pensión vitalicia por el cese total o parcial de la actividad laboral", tal y como apunta la Seguridad Social en su web.

Para poder jubilarse, hay que tener en cuenta dos variables claras: el número de años que ha cotizado el trabajador y la base de cotización. Aun así, el trabajador debe saber que desde 2013 tenemos en España un plan para que los españoles nos jubilemos cada vez más tarde.

Con todo, el objetivo del actual Gobierno para 2027 es que las personas que quieran jubilarse no podrán hacerlo hasta que no hayan cumplido los 67 años. O bien hasta los 65 años si han cotizado 38 años y seis meses.

La edad a la que un trabajador puede jubilarse si ha cotizado durante 40 años

A día de hoy, la edad de jubilación en nuestro país es de 66 años y seis meses para aquellas personas que cotizaron menos de 38 años. Y es de 65 años para las que hayan cotizado 38 o más.

La gran pregunta que nos hacemos hoy es si una persona que haya cotizado 40 años puede cobrar la pensión al 100% cuando tenga 65 años. La respuesta es clara y es del todo afirmativa.

Además, hay que tener en cuenta igualmente que puedes acogerte a la jubilación anticipada si cumples una serie de requisitos. Por ejemplo, cumplir una edad dos años menor a la que se exige para poder jubilarse definitivamente.

Opciones de adelantar la edad de jubilación en España

Así las cosas, las personas que hayan cotizado 40 años podrían jubilarse de forma anticipada a los 63. Si bien hay que apuntar que se fijará un porcentaje de reducción del 19% sobre el total de la pensión. Y si en vez de dos años, desea adelantar su jubilación un año y medio, la reducción se quedará en tan solo un 8,4%.

Por otro lado, desde el portal Tododisca.com enumeran los supuestos concretos en los que podríamos acceder a una jubilación previa a la edad ordinaria fijada actualmente en España. Eso sí, siempre hablamos de trabajadores que estén en alta o en situación asimilada a la de alta.

  • Anticipada desde los 60 años si eres mutualista
  • Anticipada desde los 61 si no eres mutualista
  • Parcial
  • Flexible
  • Trabajadores con discapacidad igual o superior al 45% o 65%
  • Especial a los 64 para quienes resulte de aplicación la legislación previa 1 de enero de 2013, fijado en  la disposición transitoria 4ª de la LGSS
  • Mineros, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros de la Ertzaintza
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