Mujer contenta frente a un ordenador con una imagen destacada a la derecha de billetes de Euro
SOCIEDAD

Los casos en los que el Gobierno permite cobrar la pensión a partir de los 50 años

Hay profesionales que pueden acogerse a este retiro prematuro si realizan un oficio de naturaleza peligrosa o insalubre


En 2024 la edad de jubilación ordinaria está en 66 años y seis meses, cotizando menos de 38 años, y en los 65 años si se ha cotizado este tiempo o más. Pero siempre hay excepciones. De hecho, hay casos en los que la Seguridad Social permite adelantar la jubilación, ya sea a los 55 o incluso antes.

Lo cierto es que no se trata de una medida que afecte a todos los trabajadores, sino tan solo a aquellos que realizan una profesión de riesgo o insalubre. "La edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad", apunta la Seguridad Social.

La Seguridad Social permite a algunos trabajadores jubilarse de forma adelantada

"Los trabajadores afectados deben acreditar que se encuentran en situación de alta o asimilada a la de alta y cumplan los demás requisitos generales exigidos", detallan. Estamos hablando de trabajadores ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos, mineros, personal de vuelo, trabajadores del mar, policías locales y ertzainas. En estos casos, pueden jubilarse de forma anticipada a partir de los 50 años, incluso cobrando la totalidad de su pensión.

Un buen caso de esto son los empleados del sector minero, que pueden adelantar su jubilación a los 52 años. Así lo fija el Real Decreto Ley 2366/1984, en el que vienen marcadas las reducciones sobre la edad de jubilación entre 0,05 y 0,5, aplicado sobre los años trabajados y la profesión que llevan a cabo

Otro ejemplo es el personal de vuelo, que posee una reducción sobre la edad de jubilación del 0,4. Y en cuanto a los mecánicos, operadores de fotografía aérea, navegantes y operadores de medios tecnológicos, entre otros, la reducción es del 0,3.

Ejemplos de profesionales en España que pueden jubilarse prematuramente

PROFESIÓNEDAD DE JUBILACIÓN
Mineros52
Personal de vuelo52
Matadores de toros55
Ferroviarios55
Bomberos y policías locales59-60
Artistas60

Los empleados ferroviarios pueden retirarse a los 55 años y con coeficientes reductores entre 0,10 y 0,15. Si nos referimos a los artistas, como cantantes, bailarines y trapecistas, pueden jubilarse desde los 60 años sin aplicar coeficientes reductores. Eso sí, cuando hayan trabajado como mínimo ocho años durante los 21 previos a la jubilación.

Las otras profesiones que también pueden jubilarse antes

Otros oficios que pueden adelantar su retiro a los 55 años son los novilleros, banderilleros, matadores de toros, rejoneadores, picadores y toreros cómicos. Deben acreditar estar de alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante. Y haber actuado en 150 espectáculos taurinos los matadores de toros, rejoneadores y novilleros y en 200 los toreros cómicos, picadores y banderilleros.

Sobre los bomberos y policías locales, la edad para la jubilación anticipada es 60 años, pero hay supuestos para jubilarse con 59 si acreditan 35 o más años de cotización efectiva. En ese caso el coeficiente reductor será del 0,2. Los funcionarios de carrera que formen parte del Régimen de Clases Pasivas pueden acogerse a una jubilación anticipada con 60 años cobrando el 100% de su pensión.

A su vez, los mayores de 55 años sin ingresos por trabajo o desempleo pueden pedir un aumento del 20% si cobran una pensión por incapacidad permanente total. Así, cobrarán el 75% de su base reguladora en lugar de solo el 55%.

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