Montaje con una mujer introduciendo su tarjeta de crédito en un cajero automático y un círculo con una mano cogiendo varios billetes de euro

SOCIEDAD

El Banco de España avisa de la comisión que ningún banco te puede cobrar: es ilegal

Hay que poner especial atención a los ingresos en efectivo en la cuenta de un tercero

La mayoría de las operaciones que se realizan en las entidades financieras implican ya el pago de una comisión. Es el caso por ejemplo, del abono de recibos, transferencias o mantenimiento de la libreta de ahorro. Sin embargo, el Banco de España aclara que existe una acción que está libre de cualquier cargo extra.

Es probable que al realizar un ingreso en efectivo en la cuenta de otra persona o entidad te informen sobre una posible comisión. Esto se repite con mucha asiduidad en unos cuantos bancos al operar en caja con un empleado.

Al no ser el titular de la citada cuenta en la que se hace el ingreso en efectivo te acaben exigiendo el abono del recargo. Pero desde el Banco de España recuerdan que la compañía financiera "no puede cobrarte ninguna comisión".

Se considera como "un servicio de caja, inherente al contrato de cuenta", por lo que no existe la necesidad de remunerarlo de manera independiente. Por lo tanto, insisten en que los bancos "no están habilitados para cobrar" dichos extras por realizar ingresos en efectivo.

¿Quién asume esta operación?

La persona que efectúa el ingreso no tiene la obligación de afrontar ese recargo. Se entiende que el servicio de caja ya se encuentra cubierto por medio de la comisión de mantenimiento de cuenta que "se cobra al titular de la misma". Esto será en los casos en los que aparezca así recogido en el contrato entre la entidad y el cliente.

Por lo tanto, cuando se lleve a cabo esta operación en la cuenta de un tercero, el banco no debería reclamar ninguna cantidad extra. "NI siquiera por indicar un concepto como el nombre del ordenante o el motivo del ingreso", apuntan.

Para ello, el Banco de España se apoya en una sentencia del Tribunal Supremo, del 26 de abril de 2022. En ella se declara nula la comisión por ingreso de efectivo hecho en cuenta por terceras personas. En ella pedían la incorporación de información adicional en "el campo concepto de la operación".

¿Cuáles son las comisiones bancarias más frecuentes?

Las comisiones son libres, y los bancos pueden cobrar lo que quieran por sus servicios. No hay una limitación por parte del Banco de España, que tampoco las regula. Eso sí, aclaran que solo pueden aplicar este tipo de recargos por servicios que se hayan prestado.

Las más frecuentes suelen ser por mantenimiento, por tener la cuenta abierta; por transferencia; y la emisión y mantenimiento de las tarjetas. También cobrarán comisión de descubierto, por estar en números rojos; y por retiradas de dinero en cajeros de otras entidades, entre otras cosas.