Aviso del Banco de España sobre las hipotecas en marzo
El Banco de España ha aclarado una situación, desconocida para muchos, cuando terminamos de pagar nuestra hipoteca
Si aún no lo sabías, cuando terminamos de pagar una hipoteca tenemos que cumplir con las obligaciones pertinentes para su cancelación registral. Debemos dirigirnos previamente a nuestra entidad, y pedir un certificado que acredite que hemos abonado toda la deuda contraída con el banco.
Esto sucede así, casi siempre, cuando la garantía hipotecaria recae sobre una única vivienda, como puede ser la nuestra. Pero hoy te vamos a explicar qué es lo que sucede si, como garantía para un préstamo, se han hipotecado varias fincas o inmuebles. A través del blog del Banco de España, Cliente Bancario, vamos a resolver una duda que pueden tener muchos hipotecados.
Qué pasa si, como garantía para un préstamo, se hipotecaron varios inmuebles
La situación es que si hemos firmado la hipoteca sobre todos los inmuebles, no podemos liberar solo uno de estos. Y eso a pesar de que se haya pagado totalmente la cantidad que equivale a la carga hipotecaria fijada a ese bien. Solo hay una única salvedad y es que lleguemos a un acuerdo con la entidad y esta acepte nuestra solicitud.
Con un ejemplo del blog del Banco de España seguro que te va a quedar mucho más claro. Hablamos del supuesto en que hayas pedido un préstamo hipotecario con la garantía de tu vivienda y de una segunda residencia.
Aunque hayas pagado la cantidad de la hipoteca por encima del valor garantizado en la segunda residencia, no tendrás la posibilidad de dejarlo libre de cargas. No podrás hacerlo hasta acabar de abonar todo el préstamo hipotecario, salvo que pactes esta situación con tu banco.
Y es que la hipoteca es indivisible en cualquier caso. El reparto de la responsabilidad hipotecaria entre cada inmueble, solo fija la cantidad máxima por capital, intereses, costas y gastos por la que se puede firmar cada una de ellas.
Para más información acerca de la liberación de fincas hipotecadas, consulta la Memoria de Reclamaciones del Banco de España del año 2022 Concretamente, revisa la página 374. Y así saldrás de todas las dudas sobre este asunto que muchos desconocían.
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