Imagen de fondo de una persona mirando un ordenador con gesto de preocupación y otra imagen de una maqueta de una figura de una casa y otra de varios billetes de euros
SOCIEDAD

Aviso de los ayuntamientos: la desconocida multa por no vivir donde te has empadronado

No te descuides a la hora de empadronarte de forma legal o te caerá una multa, que puede llegar a los 150 euros

Por si te resultaba desconocido, debes saber que los ciudadanos estamos obligados a estar empadronados, según la normativa vigente. O lo que es lo mismo, debemos registrarnos como residentes en el ayuntamiento del municipio en el que vivimos de forma habitual. 

Ten mucho cuidado con esto porque, si no cumples la ley, podría llegarte una multa a casa de hasta 150 € de cuantía. Una sanción realmente elevada que te puede pillar despistado. Eso sí, hay que puntualizar que, según el número de habitantes de la localidad donde estés empadronado, la multa será más o menos cuantiosa.

Estas sanciones son impuestas por cada uno de los ayuntamientos del país. Así las cosas, la falsedad u omisión de datos en el empadronamiento viene dentro del artículo 59 del Real Decreto 781/1986 del 18 de abril.

Cuidado con la multa que te impondrán si no vives donde te empadronaste: hasta 150 euros

Toma buena nota porque te multarán con tres euros, en el caso de municipios entre 5001 y 20.000 habitantes, y de 60 € en municipios entre 20.001 y 50.000 habitantes. Será de 90 € para municipios entre 50.001 y 500.000. Y por último, el máximo de multa posible llegaría a los 150 € en municipios con más de 500.000 empadronados.

Multas por infracción municipal por falsedad en empadronamiento

HABITANTES DEL MUNICIPIO
CUANTÍA DE LA MULTA
5.001 - 20.000
3 €
20.001 - 50.000
60 €
50.001 - 500.000
90 €
+ de 500.000
150 €

Debemos recordar que el Real Decreto 1690/1986, del 11 de julio, es la normativa que fija el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. Estamos hablando de una legislación y más en concreto el artículo 63, dónde reza lo siguiente. Y es que "todo español o extranjero que viva en territorio español, deberá estar empadronado en el municipio en el que resida habitualmente", sentencia el texto.

El caso es que muchos se preguntan qué sucede cuando, por una situación profesional o personal, se reside en varios municipios a la vez. Si se diera este supuesto, el ciudadano está obligado a inscribirse en el padrón de la localidad en la que habite más tiempo durante todo el año.

Y si no ejecuta esta gestión, estará incurriendo en un delito por infracción de ordenanzas municipales. Por ello, estate muy atento a cumplir con la normativa si no quieres que te llegue a casa una multa considerable en los próximos tiempos.

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