¿Puede la Agencia Tributaria embargarte la devolución de la Renta?
Despejamos la gran duda de aquellos contribuyentes que tienen alguna multa pendiente por pagar
Mucho ojo si después de presentar la declaración de la Renta te ha salido a devolver. Eso significa que la Agencia Tributaria tendrá que abonarte una cantidad conforme a tus ingresos fiscales de 2023. Pero te podrías quedar sin esa devolución, porque Hacienda podría embargarte si no has pagado una multa.
El fisco tiene la potestad de retener o bien desviar el dinero de la devolución de IRPF, si tienes deudas en el pasado, ya sea con Hacienda o la Administración Pública. Además, también podría no darte la devolución de la declaración de la Renta por deudas privadas que se hayan reconocido a nivel judicial.
Se suelen buscar las formas más ágiles para que se abone la multa y especialmente, la Administración no quiere que sufra el patrimonio menos líquido del ciudadano. Lo cierto es que esta no es una acción que realiza el fisco de forma automática, ni mucho menos.
Atento a esto: Hacienda podría embargarte la devolución de la declaración de la Renta
El caso es que no existe un porcentaje fijo para que la Agencia Tributaria actúe de esa forma. Eso sí, no hay duda de que no ocurre en la totalidad de los casos.
El embargo de la devolución de la declaración de la Renta se producirá si hay un requerimiento de abono de la DGT, Guardia Civil o de tu ayuntamiento. Debes saber que no podrás hacer nada para evitar que Hacienda te embargue la devolución. Vas a recibir en tu domicilio una carta con la notificación del embargo y el motivo del mismo.
Si nos fijamos en los ayuntamientos, estos suelen tener otras vías para cobrar esa deuda pendiente del ciudadano y no esperan a la Campaña de la Renta de ese año. Lo más frecuente es que te embarguen la cuenta bancaria antes de retener la devolución del IRPF en cuestión.
Hacienda puede embargarte todos estos bienes
Debe saber que si tienes algún tipo de deuda con el Estado, Hacienda tiene una lista de bienes que te podría embargar y en este orden.
- Dinero en metálico o en cuentas abiertas en entidades de crédito
- Créditos, efectos, valores y derechos hechos en el acto o bien a corto plazo
- Sueldos, salarios y pensiones
- Bienes inmuebles
- Intereses, rentas y frutos de cualquier tipo
- Establecimientos mercantiles o industriales
- Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades
- Bienes muebles y semovientes
- Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo
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