Imagen de fondo de una oficina de Hacienda con fondo desenfocado y en primer plano una imagen de una persona mayor con unos papeles y haciendo cálculos con una calculadora

SOCIEDAD

Los 8 errores más comunes con la declaración de la Renta que te perjudican mucho

Antes de aceptar el borrador o presentar la declaración de la Renta deberías revisar que todo se encuentre correctamente

La mayor parte de los contribuyentes están llamados a rendir cuentas ante la Agencia Tributaria por medio de la declaración de la Renta. La presentación de este trámite supone a veces un incordio, ante la recopilación de datos y documentos que no siempre tenemos a mano.

Por eso, lo habitual es confiar estas tareas a una gestoría o a algún profesional con conocimientos. Los más atrevidos suelen hacerlo por su cuenta o incluso les basta con aceptar el borrador. Pero en ocasiones, esto nos puede llevar a cometer un error que tendrá sus consecuencias.

Un fallo en la declaración de la Renta provocará que tengamos que hacer una complementaria, sin descartar tampoco que nos impongan una sanción. 

Errores comunes al presentar la declaración de la Renta

Millones de contribuyentes optan por aceptar el borrador, pero no comprueban una serie de datos que resultan imprescindibles. Esto puede llevar a varios errores que pueden perjudicar a la persona.

1. No solicitar el borrador al no estar obligado a declarar

El contribuyente que ganó el año pasado menos de 22.000 euros procedentes de un único pagador no tiene obligación de presentar la declaración de la Renta. Eso provoca que muchos se despreocupen y no se molesten ni en pedir el borrador. Pero puede darse el caso de que al hacer números les salga a devolver este trámite.

Sería tan sencillo como revisar el borrador, y en caso de que no nos interese, no presentarlo.

2. Confirmación del borrador sin revisar

El fallo más común entre los contribuyentes es confirmar el borrador sin revisar. Únicamente reparamos en el resultado final y nos conformamos con ello. Si se incluye algún dato incorrecto puede ser objeto de sanción.

Antes de dar el visto bueno habría que comprobar que los datos personales, fiscales y deducciones estén correctos.

3. No tener en cuenta que el paro también influye

Los que hayan trabajado y percibido algún tipo de prestación o subsidio durante al anterior ejercicio habrán tenido dos pagadores. De alcanzar el límite mínimo de 15.000 euros tendrán la obligación de presentar la declaración de la Renta.

4. No incluir la segunda vivienda

La segunda residencia también debe incluirse en la declaración de la Renta. Sin embargo, en función del uso que se le esté dando aparecerá de una manera u otra. Cuando se destine a uso personal, debe ser recogida como una imputación de rentas inmobiliarias, tributando el 2% del valor del mismo.

De utilizarlo como inversión y encontrarse en alquiler, este inmueble tributa como un rendimiento del capital inmobiliario en el IRPF. En el caso de que el inquilino la use como vivienda habitual, el contribuyente podrá beneficiarse de una deducción de hasta el 60%.

5. Incorporación de hijos ya independientes

La inclusión de los hijos en la declaración de la Renta implica una serie de ventajas. Eso sí, para ello es preciso que sean menores de 25 años y económicamente dependientes del contribuyente. Se requiere que ganen menos de 8.000 euros al año y no hagan la declaración por su cuenta.

6. Desgravaciones por maternidad

Las madres con un hijo menor de 3 años pueden beneficiarse de una deducción de 1.200 euros por menor. La otra posibilidad es que lo perciban de manera anticipada a razón de 100 euros al mes.

7. Deducciones por familia numerosa

Las familias numerosas disfrutan de un tratamiento especial. La desgravación oscilará entre los 1.200 y 2.400 euros por hijo según la categoría de familia numerosa a la que corresponda.

8. No modificar la situación personal

Cualquier cambio en la situación personal del contribuyente debe ser puesto en conocimiento de Hacienda. Ya sea si se ha casado o divorciado durante el pasado ejercicio. De esta manera, si la persona divorciada paga algún tipo de pensión, también debe aparecer recogido en la declaración de la Renta para que le desgrave.