Victoria para un jubilado: recupera casi 4.900 € por un complemento del Gobierno
Un jubilado de Logroño gana en los tribunales al conseguir que le reconozcan la retroactividad
El Juzgado Social nº1 de Logroño ha reconocido el derecho de un jubilado a recibir el complemento por maternidad en su pensión. La sentencia ha dictaminado que este hombre tenía derecho desde el 1 de noviembre de 2016 a recibir este complemento. Hablamos de la fecha en la que este empezó a cobrar su pensión.
La sentencia ha estado de acuerdo con el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social. Con todo, es una noticia positiva para este hombre, que va a recibir una cantidad más que notable por retroactividad total. Una "significativa victoria legal" para este vecino de Logroño.
Un total de 4890,49 € que va a recibir. Una cantidad que ha sido calculada teniendo en cuenta el tiempo que ha estado sin cobrar este extra que sí le correspondía. Es decir, desde el momento en el que empezó a cobrar su pensión hasta que se produjo la sentencia de primera instancia.
Le reconocen el derecho al complemento de maternidad
Así pues, este vecino de Logroño tendrá una pensión revalorizada en un 5% de forma vitalicia. Y no son menores los intereses legales que van a hacer que su pensión crezca sobre la que cobra actualmente de 941 €.
Este jubilado tuvo la oposición del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), porque se consideró que habría prescrito este derecho por haber pasado más de cinco años. Sin embargo, el tribunal rechazó está justificación del INSS, pues, según el artículo 212 de la Ley General de la Seguridad Social se trata de algo que no puede prescribir.
"El derecho al reconocimiento de la pensión de jubilación es imprescriptible. Sin perjuicio de que, en los supuestos de jubilación en situación de alta, los efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la correspondiente solicitud", reza dicho artículo.
"Es un logro para las personas que luchan por el reconocimiento de sus derechos"
Para pedir este complemento de maternidad en la pensión contributiva, se tiene que haber accedido a esta entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. Además de ser padres de dos o más hijos.
Diego Lahuerta, director de Unive Abogados Bilbao, despacho donde acometieron este caso, explicaba satisfecho tal sentencia. "Constituye un logro trascendental para todas las personas que luchan por el reconocimiento de sus derechos", exponía públicamente. Igualmente, este puso el foco en que "actualmente, solo aquellos que presentan reclamaciones pueden esperar obtener el complemento".
Puede considerarse un precedente en casos similares. Y es que son muchas las personas que, tras haber ampliado el complemento de maternidad también a los hombres, podrían reclamar este dinero que les correspondía y que hasta ahora no han estado cobrando.
Hay que recordar que se trata de un complemento que se empezó a dar en el año 2016, pero solo a las mujeres, y terminó en el 2021. Ahora, con el reconocimiento de que también los hombres tenían derecho a cobrarlo, muchos pueden solicitarlo con retroactividad, si cobraban pensión y cumplían los requisitos entre 2016 y 2021.
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