Un hombre trabaja delante de un ordenador de noche, y en el círculo, varios varios billetes de euro

SOCIEDAD

Si trabajas a partir de esta hora, la empresa tiene que pagarte un plus en España

Los trabajadores que desempeñan sus obligaciones laborales durante la noche tienen derecho a percibir un extra en sus nóminas

La mayor parte de los trabajadores desempeñan sus tareas en horario diurno. Pero también hay un numeroso grupo de profesionales que permanece ocupados durante la noche. En ese caso, las empresas tienen la obligación de abonar un extra en su nómina.

El trabajo que implica nocturnidad es el que se desarrolla entre las 22:00 y 06:00 horas, recoge el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores. Por lo tanto, en caso de que prolonguemos la jornada más allá de las diez de la noche o empecemos antes de las 6, ya estaríamos incluidos en ese grupo. Hay que decir que los convenios colectivos pueden ampliar este periodo de tiempo, pero en ningún caso reducirlo.

¿Quién tiene derecho a cobrar el plus de nocturnidad?

Los empleados que realicen su tarea durante este horario tienen derecho a disfrutar de este plus de nocturnidad. Pero no en todos los casos se contempla esta posibilidad, indican en Iberley.

Y es que puede darse la circunstancia de que el salario se hubiera fijado atendiendo a este motivo. Por lo tanto, será superior a lo que cobraría un empleado del mismo nivel durante el día. También existe la opción de que se lo compensen con descansos.

¿Qué ocurre con los trabajos nocturnos?

Hay otra circunstancia que puede darse y es cuando una actividad laboral es nocturna por su propia naturaleza. Ocurre cuando no hay ninguna otra franja del día en el que pueda desarrollarse, como puede ser un obrador de pan.

De suceder esto, se entendería que se trata de un trabajador nocturno, y por lo tanto, en el sueldo ya se incluiría esa condición. El Estatuto de los Trabajadores, además, especifica qué se entiende como trabajador nocturno.

Son los que llevan a cabo su jornada laboral a lo largo de la noche durante un periodo mínimo de tres horas. También son aquellos que probablemente van a desarrollar su trabajo durante el periodo nocturno durante al menos un tercio de su jornada anual.

En el caso de que una parte de la tarea se haga con nocturnidad, el convenio puede fijar un complemento salarial si se realiza de manera recurrente. Y cuando sea algo eventual existe la opción de que se retribuyan las horas que se lleven a cabo en periodo nocturno.

¿A cuánto asciende el extra de nocturnidad?

Los convenios colectivos deben ser los encargados de determinar la retribución del plus de nocturnidad. Por lo tanto, las empresas no están sujetas a una cantidad concreta.

Además, hay que destacar que hay colectivos que no pueden realizar trabajos nocturnos. Entre ellos están las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, los menores de edad y los que se encuentren en formación.