Montaje con las manos de una persona mayor sujetando billetes de euro y un círculo con un jubilado con cara de pensativo
SOCIEDAD

El trámite que algunos pensionistas están obligados a hacer en los próximos meses

Miles de pensionistas deben realizar este trámite a principio del año que está por llegar si no quieren quedarse sin pensión de forma inesperada en 2024


La Seguridad Social ha advertido seriamente a miles de pensionistas del trámite que deben acometer si no quieren perder su pensión a partir del segundo semestre de 2024. Lo cierto es que este trámite no tendrá que ser llevado a cabo por todos los pensionistas.

Solo tendrán que hacerlo aquellos que perciben una pensión de jubilación o invalidez en su opción no contributiva. Todos ellos están obligados a presentar en el primer trimestre del próximo año una declaración de rentas. Y es que si no lo hacen, se van a meter en un buen lío.

Con todo, la Seguridad Social les va a cortar el grifo suspendiendo inmediatamente la pensión que cobran todos los meses. Así, muchos pensionistas que perciben una pensión no contributiva deben estar atentos.

Estamos hablando de miles de ciudadanos que el Gobierno considera que carecen de unos ingresos suficientes para conservar un nivel de vida digno. Son los que actualmente están cobrando la pensión no contributiva.

Se trata de aquellos que cobran esta paga mensual pese a no haber cotizado los años mínimos que marca la Seguridad Social. Y es que, actualmente, desde el Gobierno se da una pensión a cada ciudadano, aunque este no haya cotizado ni un año durante toda su vida.

Aclaran qué pensionistas deben presentar la declaración de rentas o suspenderán su pensión

Así pues, la Seguridad Social ya ha avisado a estos pensionistas, es de vital importancia que no se olviden de realizar este trámite relacionado con la presentación de la declaración anual de rentas.

El Imserso, organismo que gestiona las pensiones no contributivas, aclara que los ciudadanos "beneficiarios de pensión en su modalidad no contributiva están obligados a presentar en el primer trimestre del año una declaración de los ingresos o rentas computables de la respectiva unidad económica de convivencia".

"Son los referidos al año inmediatamente anterior, así como las posibles variaciones y previsiones relativas al año en curso". Con todo, tienen de plazo para acometerlo desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de marzo del mismo año.

Si se les pasa por completo el plazo, su pensión quedará suspendida, aunque bien es cierto que no se les retirará para siempre. Tan solo se suspenderá el pago hasta que presenten la declaración anual y continúen acreditando que cumplen los requisitos para cobrar esa pensión no contributiva.

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