La ayuda de 480 euros del Gobierno para parados con algún hijo a cargo en 2024
Este subsidio se puede percibir durante seis meses, aunque existe la posibilidad de ampliarlo por semestres
Una ayuda de 480 euros mensuales para parados con algún hijo a su cargo. El Gobierno ofrece una serie de soluciones en forma de subsidios a todos aquellos que se encuentren sin empleo. Sobre todo una vez que se agota la prestación contributiva del paro y se cuenta con responsabilidades familiares.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) facilita esta ayuda durante un máximo de seis meses, se trata del subsidio de desempleo con responsabilidades familiares. Sin embargo, existe la posibilidad de ampliarla en función de la edad y de la duración de la prestación por desempleo agotada.
El importe de este subsidio equivaldrá al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Según el organismo estatal se eleva hasta los 480 euros al mes, recoge Las Provincias.
Señalan que cuando "la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva que ha agotado hubiera sido a jornada parcial", el importe del subsidio de desempleo se reducirá "en el mismo porcentaje".
Beneficiarios del subsidio por desempleo con cargas familiares
Podrán beneficiarse de esta ayuda de 480 euros aquellos que agotaran la prestación del desempleo y continúen sin trabajo. Una vez que pierden el derecho al paro y cuenten con cargas familiares, tendrán la posibilidad de solicitar el subsidio. Y una vez que agoten este último podrán pedir la ayuda familiar.
Pero también será preciso cumplir con los siguientes requisitos:
- Encontrarse en situación de desempleo
- Aparecer inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde que finaliza la prestación del paro. No se habrá podido rechazar ninguna oferta de empleo ni tampoco negarse a participar en acciones de formación o reconversión profesional desde el término del paro. Es preciso conservar la inscripción durante el tiempo que se cobre el subsidio.
- Tener suscrito el acuerdo de actividad.
- Haber finalizado la prestación contributiva del paro.
- Contar con responsabilidades familiares.
- Carecer de rentas que superen el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional. El rendimiento procedente de actividades empresariales o profesionales se computará por la diferencia entre ingresos y gastos necesarios para su obtención. Por su parte, las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre ganancias y pérdidas patrimoniales.
Para acceder a este subsidio de desempleo del Gobierno exigirán que se cumplan con dichas condiciones en el instante del hecho causante. Pero también en el momento de la solicitud del subsidio, así como de las posteriores prórrogas y a lo largo de su cobro.
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