Primer plano de Quim Torra con cara de circunstancias
POLÍTICA

El procesismo pierde otra batalla judicial

El Tribunal Supremo tumba el recurso de Quim Torra por espionaje

El CNI no espió al expresidente catalán Quim Torra y al exvicepresidente del Parlament Josep Costa. Así lo ha concluido la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo. El órgano tumba así el recurso de los dirigentes procesistas, basándose en los “datos objetivos” aportados por la Audiencia Nacional.

El alto tribunal ha rechazado el recurso de casación presentado por Torra y Costa por el espionaje de Pegasus. Los líderes procesistas alegaron una vulneración de sus derechos fundamentales por la presunta “intervención, escucha, sustracción, recopilación, tratamiento, uso, difusión y almacenamiento de información” por parte del Gobierno español y la Administración General del Estado.

Plano general del Parlament de Catalunya con los diputados votando una moción

La decisión de los tribunales supone un nuevo revés para el procesismo, que está viviendo un verano complicado en el ámbito judicial. La justicia europea ya asestó un duro golpe el pasado mes de junio al retirar la inmunidad parlamentaria a Carles Puigdemont y Toni Comín. Ahora quitan la razón a los líderes procesistas en una de sus principales demandas.

No hubo espionaje, según los magistrados

El Caso Pegasus, basado en un presunto espionaje a los teléfonos móviles de líderes independentistas, ha alimentado el relato procesista contra “las cloacas del Estado” en los últimos meses. La justicia desmonta ahora los argumentos de esta teoría conspirativa.

El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Audiencia Nacional al rechazar el recurso de los líderes catalanes. La Audiencia Nacional constató que ni el Ministerio de Defensa ni el CNI espiaron a Torra y Costa. El expresident y el exvicepresidente del Parlament elevaron entonces su demanda al alto tribunal.

El Supremo avala la decisión de la Audiencia Nacional al considerar que el rechazo del recurso “no fue arbitrario”. Los magistrados entienden que la decisión fue sustentada en “datos objetivos, no meros indicios”. Por lo tanto, el alto tribunal no ve una vulneración de los derechos fundamentales, como denunciaron Torra y Costa.

Torra y Costa responden

Josep Costa se ha apresurado a criticar la decisión judicial, afirmando que “el Supremo tiene facultades paranormales”. En sus redes sociales, el jurista catalán ha puesto en cuestión el rechazo del recurso “sin haber admitido a trámite nuestra demanda ni haber investigado nada”.

“Pensaba que iría más rápido en desestimar un recurso que es preferente y sumario, pero ni eso”, afirma. También deja claro que su objetivo inicial siempre fue llegar hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. De momento, ya ha anunciado que presentarán un nuevo recurso ante el Tribunal Constitucional.

Pedro Sánchez en el Congreso de los Diputados el 21 de marzo de 2023

Finalmente, recuerda que el Caso Pegasus “afecta a más de 60 personas, incluidos 4 presidentes de la Generalitat”. Y señala directamente “al Gobierno megaprogre-plurinacional del estafador Pedro Sánchez”. De hecho, advierte de que esto le puede costar la investidura al PSOE.

Quim Torra y Josep Costa denunciaron haber sido víctimas de espionaje político por parte del Gobierno español. Sin embargo, acudieron a la vía administrativa y no a la vía penal, al ser “incapaces de identificar a los responsables”. También pedían el amparo de la justicia por los datos obtenidos “ya fuera de modo legal o ilegal”.

Garantías procesales

La justicia establece que sus argumentos están basados en referencias “genéricas, sin concreción ni identificación de otros supuestos”. También constata que el recurso está “huérfano de toda prueba, incluso indiciaria”. Finalmente, los magistrados dejan claro que Torra y Costa han tenido todas las garantías judiciales de acuerdo con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal Supremo recuerda que “han tenido la posibilidad de impugnar una actividad administrativa que consideraban una injerencia en sus derechos”. Para ello “han utilizado todos los mecanismos que el derecho procesal español les facilita”. Sin embargo, aclaran que “este tribunal no tiene competencias para realizar una investigación de calado para determinar quienes han sido los autores” del supuesto espionaje.

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