Ignacio Garriga con cara muy seria dando una rueda de prensa en la sede de Vox

POLÍTICA

La Junta Electoral declara que TV3 actuó en contra de VOX en plena campaña

El órgano afirma que la televisión pública catalana ‘infringió el principio de neutralidad informativa’

TV3 se indignó en la pasada noche electoral del 23 de julio cuando VOX decidió vetar su presencia en la sede del partido. Desde la televisión pública catalana lamentaban públicamente la determinación del partido de Santiago Abascal. Y, como es habitual en estos casos, se escudaban en la “libertad de expresión” y el ataque a esta que representaba la decisión tomada por VOX.

La misma TV3 señaló que a VOX no había gustado el trato que se había brindado desde la televisión pública a la formación de Abascal. Sobre todo, se referían a un reportaje sobre la estrategia que, según ellos, tenía VOX en los barrios con rentas más bajas. En esta pieza, TV3 no dudaba en afirmar que “las premisas de VOX se basan en la mentira” o que utilizaban “las mentiras repetidas y actitudes fanfarrones y agresivas”.

El líder de Vox y candidato a presidir el Gobierno, Santiago Abascal, interviene durante un acto de campaña electoral, en la Plaza de la Justicia de Zaragoza

El partido de Ignacio Garriga, Santiago Abascal o Jordi Buixadé no solamente tomó la decisión de vetar a TV3 de su sede electoral “hasta que no cese la actitud de linchamiento y manipulación”. También denunció delante de la Junta Electoral dicho reportaje, al que acusaban de no ajustarse a “la realidad informativa y el respeto al pluralismo político”.

La Junta Electoral da la razón a VOX

Ahora, la Junta Electaral se ha pronunciado dando la razón a VOX. “Acordamos declarar que el programa Telenotícies emitido en TV3 el 20 de julio de 2023 infringió el principio de neutralidad informativa del artículo 66 de la LOREG”, sentencia la Junta Electoral Provincial de Barcelona.

La Junta Electoral señala que dicha infracción “debería conllevar un requerimiento a los responsables del medio para que se abstuvieran en el futuro de realizar informaciones semejantes”. Pero, como TV3 hizo esto a pocas horas de finalizar la campaña electoral, “dicho requerimiento ha perdido toda utilidad”. Así pues, hacer trampas en plena campaña no tiene consecuencias si lo haces cuando ya no hay margen de rectificar.

Y es que la Junta Electoral también cree que no es procedente “la apertura de un expediente sancionador”. Ya que, según este organismo, esto está reservado “para casos más graves de conductas reiteradas en el tiempo”.