Condenan a prisión a una mujer en BCN por publicar mensajes considerados 'tránsfobos'
Se trata de una sentencia pionera porque castiga por primera vez el mero hecho de negar la identidad de género a una per
“Prototipo de maricón con tetas”, es el insulto que ha llevado a una mujer a ser condenada a seis meses de cárcel. Así lo ha decidido la Audiencia de Barcelona, que condena a la mujer a pagar una indemnización de 3.850 euros por su “intención de humillar a la víctima”. La acusada ha reconocido los hechos, y finalmente no entrará en prisión.
La sentencia sirve sin embargo como advertencia de lo que puede suceder por emitir este tipo de mensajes en las redes sociales. Los hechos se remontan al 25 de febrero de 2020, cuando la mujer colgó una foto de la víctima en Twitter. Al insulto citado anteriormente, añadió que “no soporta que yo sea mujer y me tiene una inquina antológica”.
El tribunal considera que la acusada insultó y humilló a la transexual, al negar su condición de mujer por no haberse operado los genitales. A cambio de no entrar en la cárcel, tendrá que pagar la indemnización y hacer un curso de igualdad de trato y no discriminación. Se trata de una sentencia pionera, porque por primera vez se castiga el mero hecho de negar a una persona trans su identidad de género.
Castigo a las expresiones tránsfobas
La sentencia concluye que se produjo una vulneración de los derechos fundamentales, al “poner en duda el género” de la víctima. Se habla de "trato discriminatorio” y “voluntad de ridiculizar y menoscabar la dignidad” de una persona transgénero. “La víctima”, según la sentencia, “quedó expuesta ante quienes conformaban su círculo social y laboral”, ya que no sabían que era una persona transgénero sin los genitales operados.
Además, el juez acusa a la mujer de publicar varios mensajes en las redes sociales donde “negaba a las personas trans sin cirugía genital el género con el que se identifican”. Según afirma, esta mujer tenía una obsesión con las mujeres trans, a las que calificaba de “travestis, hombres y lesbianas con pene”. La sentencia sienta jurisprudencia sobre el castigo a las opiniones que menoscaban la dignidad de las personas trans.
La transfobia es el conjunto de expresiones y comportamientos que se dirigen contra las personas transgénero, la transexualidad, o la diversidad sexual en general. Se considera que estos ataques constituyen un ataque a la libertad y los derechos fundamentales de las personas. De ahí la dureza de la sentencia, con incluso pena de cárcel.
Repunte de la violencia contra los trans
Olympe Abogados, el bufete legal que ha defendido a la víctima, ha proclamado la “victoria” que constituye esta sentencia. Una victoria que reside en que “el mero hecho de negar la identidad de género de una persona trans sea punible penalmente”. Se trata según dicen de una sentencia pionera en España, no por la sentencia en sí, sino por la argumentación.
La primera sentencia por transfobia en España fue precisamente en Cataluña, en 2014. Un tribunal condenó a una discoteca de Barcelona a indemnizar a dos transexuales por negarles la entrada en el local. Desde entonces, la violencia contra la comunidad trans ha ido a más. Las organizaciones denunciaron el año pasado un repunte de esta violencia, sobre todo después de la aprobación de la Ley Trans.
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