Dos jubilados revisan un documento, con varios billetes de fondo
ECONOMÍA

Aviso de embargo: la Seguridad Social lanza una advertencia a los pensionistas

La Seguridad Social desvela la cantidad que pueden embargar a aquellos que mantengan una deuda con el organismo

La pregunta de si te pueden embargar la paga extra de la pensión por deudas con la Seguridad Social es muy común entre los jubilados de nuestro país. Sobre todo por el daño que puede provocar al bolsillo de los afectados. Y más en estas fechas, cuando el consumo y el gasto se disparan de manera importante.

En caso de deber dinero a este organismo, es posible que te quiten algo de la extra. La ley permite el embargo de las pensiones, incluidas las pagas extras, para saldar deudas pendientes con la Administración. Esto incluye tanto deudas con la Seguridad Social como con Hacienda.

Imagen de fondo de una persona con billetes de euro en la mano y otra de dos personas mayores mirando un ordenador

La Seguridad Social explica cómo se calcula el embargo

El embargo de la pensión, incluida la paga extra, se realiza siguiendo unas reglas específicas. La cantidad que se puede embargar depende del importe de la pensión y de la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2024, el SMI es de 1.134 euros al mes.

Tramos de embargo

- Hasta el SMI: La parte de la pensión que no supera el SMI es inembargable. Es decir, si tu pensión es igual o menor al SMI, no te pueden embargar nada.

- Entre el SMI y el doble del SMI: Se puede embargar el 30% de la cantidad que exceda el SMI.

- Entre el doble y el triple del SMI: Es posible embargar el 50% de la cantidad que supere el doble del SMI.

- Entre el triple y el cuádruple del SMI: Se puede embargar el 60% de lo que rebase el triple del SMI.

- Entre el cuádruple y el quíntuple del SMI: Se puede embargar el 75% de la cantidad que exceda el cuádruple del SMI.

- Más del quíntuple del SMI: Es posible embargar el 90% de lo que supere el quíntuple del SMI.

Montaje con un anciano con billetes de 50 euros en la mano y un círculo con más billetes

Hay que decir que también existen algunas excepciones. Por ejemplo, si la pensión es tu única fuente de ingresos y es inferior al SMI, no te pueden embargar nada. Además, si tienes cargas familiares, el porcentaje de embargo puede reducirse.

En cualquier caso, hay que dejar claro que existe la posibilidad de que te embarguen la paga extra de la pensión por deudas con la Seguridad Social. La cantidad a embargar depende de la cuantía de tu pensión y del SMI. 

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