La multa de Hacienda que te puede llegar en agosto por este detalle con tu declaración
Hacienda ha dejado claro que, aunque haya pasado tiempo, todavía no podemos bajar la guardia con las declaraciones
Aunque han pasado varias semanas desde el cierre oficial del plazo para la presentación de la declaración de la Renta, Hacienda sigue monitoreando de cerca las declaraciones presentadas.
El organismo ha intensificado sus esfuerzos para detectar posibles errores o irregularidades en las declaraciones, poniendo especial atención en aquellos casos que presentan inconsistencias.
Este año, con una mayor digitalización de los procesos, Hacienda ha optimizado el análisis de datos para identificar de manera más rápida discrepancias en las declaraciones.
Para aquellos que presentaron su declaración, es importante estar atentos a posibles notificaciones de Hacienda, ya que podrían ser requeridos para aclarar cualquier inconsistencia detectada. Los asesores fiscales recomiendan revisar la documentación presentada y tener a mano los justificantes de los gastos y deducciones aplicadas.
En este contexto, aunque se haya cumplido con el plazo de la declaración, el trabajo para muchos contribuyentes y para Hacienda aún no ha terminado. La recomendación es estar preparados para posibles comunicaciones por parte de la Agencia Tributaria.
Las multas que tiene preparadas Hacienda
Hacienda ha comenzado a enviar notificaciones a aquellos contribuyentes que no presentaron la declaración o lo hicieron de manera incorrecta. Estos avisos, conocidos popularmente como "las cartas de miedo", informan sobre las posibles sanciones por no cumplir con las obligaciones fiscales. Pueden llegar multas que pueden oscilar entre los 100 euros y hasta el 150% del importe adeudado.
Las multas más graves se aplican cuando Hacienda detecta un perjuicio económico considerable para la Administración, pudiendo llegar hasta el 150% de la deuda pendiente.
Si la declaración no fue presentada a tiempo y Hacienda aún no ha emitido una notificación, los recargos empezarán a aplicarse a partir del primer mes de retraso. Inicialmente, el recargo será del 1% del importe pendiente de pago, incrementándose un 1% adicional por cada mes de retraso. Cuando el retraso supera los 12 meses, se añadirá un recargo del 15%, además de los intereses de demora.
En los casos en los que Hacienda detecte la falta de presentación de la declaración, las sanciones pueden ir desde un 50% hasta un 150% de la deuda.
Sin embargo, si el contribuyente reconoce la falta de presentación antes de recibir la notificación y se pone al día con Hacienda, la multa será de 100 euros si la declaración resulta a devolver o sin movimiento. En caso de que sea Hacienda quien descubra la omisión, la sanción se elevará a 200 euros.
Para aquellos que reciban una notificación de Hacienda y decidan pagar dentro del periodo voluntario, se aplicará una reducción del 25% sobre la sanción total.
Los contribuyentes que, habiendo presentado la declaración, no abonan la cantidad adeudada, también podrían ser objeto de sanciones. Si es el propio contribuyente quien comunica el impago, el recargo será del 5%. En cambio, si Hacienda es quien detecta el impago, el recargo puede oscilar entre el 10% y el 20%, dependiendo de la gravedad del caso.
Más noticias: