Un bebé durmiendo en los brazos de una persona con un símbolo de prohibición en un cuadro de diálogo.
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Qué nombres no puedes poner a un bebé en España: lo prohíbe el Registro Civil

El artículo 51 de la vigente Ley del Registro Civil recoge un listado de varias normas que deben cumplir los nombres

Imagina este escenario: acabas de tener un bebé y, después de meses de deliberación, finalmente decides un nombre que crees que será único y especial. Vas al Registro Civil con la emoción a flor de piel, pero chocas con un rotundo “no”.

¿La razón? El nombre que elegiste está en la lista de los que no se pueden inscribir. Así es, aunque los padres cuentan con libertad de elección, en España hay ciertos nombres que están prohibidos por el Registro Civil.

Entre la extensa lista de prohibiciones, se encuentran nombres impropios de personas, como podrían ser: Siete, Wifi o @rt3m1s. También quedan prohibidos esos nombres que puedan ofender o atentar contra el orden público. Tampoco puedes usar nombres de frutas o marcas, como Fresa o Adidas.

Algunas de estas prohibiciones pueden ser comprendidas e incluso algunas de ellas son obvias. Sin embargo, hay una prohibición que igual no es tan obvia como creías: no puedes llamar a tu hijo igual que un famoso.

Montaje de fotos de un bebé durmiendo y, al lado, una persona pensativa con interrogantes al lado

Qué nombres están prohibidos por el Registro Civil de España

A muchos padres les gustaría que su hijo se llamara Íker Casillas, Leo Messi o Enrique Iglesias. Sin embargo, a la hora de inscribir al bebé, estos nombres serán rechazados.

Aunque no son los únicos, tampoco podrás ponerle nombres completos que resulten famosos. Es el caso de Anna Karenina o Indiana Jones. A pesar de ello, existe una manera de poder hacerlo.

Y es que si el apellido de uno de los progenitores coincide con el del famoso y quieres hacer uso solo del nombre, este sí será aceptado. Por ejemplo, si tu apellido es Urdangarin, podrás llamar a tu hijo Iñaki. De esta manera, su nombre completo será igual que el del exduque de Palma.

Mujer embarazada sosteniendo su vientre con una imagen de un bebé durmiendo en un círculo rojo y un símbolo de prohibición.

No es la única prohibición del Registro Civil en España

Las prohibiciones quedan recogidas en el artículo 51 de la vigente Ley del Registro Civil y el artículo 192 del Reglamento del Registro Civil. Estas normativas determinan qué tipo de nombres no están permitidos en nuestro país.

Por ejemplo, esta ley establece que “no puede imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido, así como tampoco su traducción usual a otra lengua”. Es decir, no puede haber dos hermanos que se llamen Sergi y Sergio o Carles y Carlos. A no ser que uno de ellos ya haya fallecido.

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