Montaje donde aparece una señora mayor y otra persona sujetándole la mano y a la derecha una cartera con billetes
SOCIEDAD

La pensión que les corresponde a las amas de casa que no han podido trabajar nunca

Si eres ama de casa y no has cotizado nunca, puedes cobrar una pensión


Las amas de casa que han dedicado su vida a realizar las tareas domésticas saben que no tienen derecho a una pensión de jubilación de la Seguridad Social. Pero lo cierto es que no quedan desprotegidas del todo, porque sí que pueden acceder a una pensión no contributiva de jubilación gestionada por el Imserso.

Eso sí, desde el citado organismo avisan de que las amas de casa que no han podido cotizar tienen que cumplir una serie de requisitos mínimos para cobrar esta pensión. En primer lugar, la persona que lo va a solicitar debe tener 65 años o más y haber vivido en España legalmente 10 años o más.

Las amas de casa que no han cotizado nunca, pueden solicitar una pensión

En caso de que viva sola, sus rentas no pueden sobrepasar los 6784,54 € anuales, para poder cobrar esta pensión no contributiva. Si convive con alguien más, todo dependerá de la unidad de convivencia y con cuántas personas comparte vivienda. El dinero que recibirá una persona mensualmente, en caso de serle concedida la cuantía integra, será de 484,61 euros.

Por ejemplo, si vive con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado, con dos convivientes no podría superar los 11 533,72 € anuales. En el caso de ser tres convivientes serían 16 282,90 € al año y por último, cuatro convivientes, 21 032,08 euros al año.

Si vive con los parientes consanguíneos, solo en casi de padres o hijos, si hay dos convivientes, no podrán superar los 28 834,30 € al año. Con tres convivientes, los 40 707,25 € al año y con cuatro convivientes, 52 580,20 € anuales.

 

Tabla con las cantidades que no puede superar una unidad de conviviencia para poder cobrar la pensión no contributiva

UNIDADNÚMERO CONVIVIENTESRENTA MÁXIMA ANUAL
Beneficiario + Cónyuge y/o parientes consanguíneos de 2º grado 11.533,72 € 
Beneficiario + Cónyuge y/o parientes consanguíneos de 2º grado 16.282,90 € 
Beneficiario + Cónyuge y/o parientes consanguíneos de 2º grado 21.032,08 € 
Beneficiario + Parientes consanguíneos que deben ser padres o hijos 28.834,30 € 
Beneficiario + Parientes consanguíneos que deben ser padres o hijos 40.707,25 € 
Beneficiario + Parientes consanguíneos que deben ser padres o hijos 52.580,20 € 

Así pueden acceder las amas de casa a una pensión no contributiva

Para pedir esta pensión de jubilación del Imserso que atañe a las amas de casa, tienen la competencia las comunidades autónomas. Estas tienen transferidas las funciones y servicios del Imserso.

Con acudir a las oficinas de los Servicios Sociales de las diferentes regiones, o bien del Imserso, o en cualquier otra oficina de la Seguridad Social, podrán solicitarla. Si hablamos de Ceuta y Melilla se hace directamente la gestión acudiendo a las oficinas del Imserso.

Se les entregará el impreso correspondiente para su solicitud. Igualmente, se podrá llevar a cabo por correo. Y si se prefiere hacer a través de Internet, este modelo de solicitud se puede enviar con la documentación necesaria a la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

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