Dos mujeres revisan un documento y en el círculo un bloque de viviendas
SOCIEDAD

Los documentos que deben presentar las comunidades de vecinos para evitar multas

Las comunidades de vecinos deben informar a Hacienda de las operaciones realizadas durante el último ejercicio fiscal


Las comunidades de vecinos también deben rendir cuentas con Hacienda. De no hacerlo en el plazo estipulado y de la manera adecuada se enfrentarán a multas que llegan hasta los 20.000 euros. Disponen de unos pocos días para presentar ante este organismo un documento.

Se estima que en nuestro país un 80% de los ciudadanos reside en un bloque de viviendas. Formar parte de una comunidad de estas características exige el cumplimiento de una serie de obligaciones, entre las que se encuentra el pago de impuestos.

Suele ocurrir que algunas de ellas desconocen sus responsabilidades con el fisco o las administraciones. Entre otras cosas deben presentar los modelos fiscales 184 o 346 y el IVA.

Informar de las ganancias obtenidas

Se calcula que en torno a 220.000 edificios no están al tanto de esto, lo que supone un 20% del total. Esto suele producirse debido a que no se cuenta con un profesional en la gestión de las comunidades de vecinos, indica el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.

Su presidenta, Isabel Bajo, expone algo que suele repetirse con bastante frecuencia. "El ciudadano desconoce que los ingresos obtenidos por las comunidades" deben ser "imputados a cada uno de los propietarios". Sería por medio del "régimen de atribución de rentas y según su coeficiente de participación en la finca".

Pone como ejemplo el dinero que se obtiene por la venta de la casa portería o la renta conseguida por colocar en la fachada un cartel publicitario. Explica que antes del 29 de febrero las comunidades deben presentar el modelo 184. También habrá que declarar las subvenciones recibidas, siempre que no sean para la rehabilitación energética por medio de los Fondos Next, que quedan exentos.

El modelo 347 es otra de las obligaciones fiscales a las que se enfrentan los bloques de viviendas. Obliga a las comunidades de vecinos a declarar aquellas transacciones que se hayan realizado con terceros y superaran los 3.005,06 euros en 2023. Puede ser el caso, por ejemplo, de los servicios contratados con una compañía de reformas.

Gastos que quedan exentos

Hay una serie de partidas que quedarán exentas de comunicación a Hacienda. En este sentido, el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid menciona los gastos de suministros ordinarios. Esto engloba a la luz, agua y combustibles que se dediquen al uso comunitario.

Tampoco habrá que notificar los seguros de bienes y derechos de zonas comunes. 

Las operaciones ante terceros deben ser notificadas por la propia comunidad y el plazo finaliza el 29 de febrero. La no presentación del modelo 347 acarrea una sanción que va desde los 300 euros hasta los 20.000.

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