Los ciudadanos que pueden pedir cita previa para hacer la declaración de la Renta
Toma nota de la lista de contribuyentes que pueden solicitar cita previa para que Hacienda les haga la declaración
Ahora que estamos inmersos en plena Campaña de la Renta 2023, debes estar atento a una de las cuestiones que muchos contribuyentes se plantean a la hora de presentar su declaración. En primer lugar, te recordamos que tienes hasta el próximo lunes 1 de julio para presentar tu declaración de la Renta.
Por si no lo sabías, puedes presentarla por vía telemática, pero también está la opción telefónica o de forma presencial. Seguro que te alivia saber que no cometerás ningún error porque, en caso de realizarla por teléfono, un agente te ayudará para que quede perfecta.
Calendario de la Declaración de la Renta en 2024
FECHA | TIPO DE PRESENTACIÓN |
3 de abril - 1 de julio | Internet |
7 de mayo - 1 de julio | Teléfono (se puede pedir cita previa del 29 de abril al 28 de junio) |
3 de junio - 1 de julio | Presencial (se puede pedir cita previa del 29 de mayo al 28 de junio) |
Para hacerla por teléfono, debes pedir cita previa entre el 29 de abril y el 28 de junio. Después de que hayas solicitado dicha cita, te adjudicarán un día y una hora a partir del 7 de mayo. Los teléfonos disponibles son: 91 53 57 326 o 901 12 12 24 (automáticos) 91 55 30 071 o 901 22 33 44 (lunes a viernes, 9:00 a 19:00).
Descubre los contribuyentes que pueden pedir cita previa para que Hacienda les haga la Renta
La cita previa también la puedes solicitar para hacer tu declaración de forma presencial a partir del 29 de mayo. Con todo, puedes presentarla desde el 3 de junio hasta el 1 de julio.
En el artículo de hoy, desvelamos qué contribuyentes pueden pedir cita para que Hacienda les ayude a hacer su declaración. Es una larga lista que te exponemos a continuación para que no pierdas detalle:
- Rendimientos del trabajo: límite de 65.000 euros anuales
- Rendimientos de actividades empresariales en módulos, incluidas sus subvenciones
- Rendimientos del capital mobiliario: límite de 15.000 euros anuales.
- Rendimientos del capital inmobiliario: límite de dos bienes inmuebles alquilados o contratos de alquiler
- Ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión (se excluyen las viviendas de bienes adquiridos por herencia o donación): límite de dos transmisiones
- Ganancias patrimoniales con retención o ingreso a cuenta. Derechos de suscripción, fondos de inversión excepto si calcula su base retenedora por el artículo 97.2 de IRPF y premios
- Renta básica de emancipación, subvenciones (excepto actividades económicas) y otras ganancias y pérdidas patrimoniales sin transmisión
- Imputación de rentas inmobiliarias
- Rentas anteriores con atribución de rentas
- Regularización de cláusulas suelo
- Deducción a cuenta de la doble imposición internacional
- Compensación de partidas que estaban pendientes de ejercicios previos
- Rectificaciones y complementarias de 2023: límites generales fijados
- Rentas exentas con progresividad
- Casos excepcionales
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