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SOCIEDAD

Descubre las ayudas económicas disponibles para españoles retornados

El Gobierno de España ofrece ayudas económicas y un servicio de acompañamiento a compatriotas que han migrado y trabajado en el extranjero durante un determinado periodo y desean regresar a su país

 A raíz de la crisis económica en 2008, fueron muchos los ciudadanos españoles los que decidieron buscar nuevas oportunidades laborales en el extranjero. Esta migración, mayormente protagonizada por jóvenes profesionales, fue conocida como la "fuga de cerebros".

Según las estadísticas del Censo de Españoles Residentes en el Extranjero (CERE), elaborado por el INE, se reveló que entre 2008 y 2013, la cifra de compatriotas mayores de 18 años que emigraron a otros países experimentó un aumento significativo, incrementando en 385.000 personas.

Solamente en el año 2012, más de 82.000 trabajadores decidieron aventurarse en el extranjero en busca de oportunidades laborales, marcando un aumento del 5.5% en comparación con 2011.

Con el tiempo, el país ha logrado encontrar su equilibrio, y el Gobierno de España ha ideado "El plan de Retorno a España", dirigido por la Secretaría de Estado de Migraciones, con el propósito fundamental de apoyar a la comunidad de emigrantes que anhela regresar a su tierra natal.

Subsidio para emigrantes retornados

El subsidio por desempleo se presenta como una ayuda solidaria diseñada para complementar la cobertura durante el periodo de desempleo. Esta prestación está destinada a ser solicitada por ciudadanos españoles que han contribuido laboralmente en el extranjero.

Este respaldo busca proporcionar un alivio financiero significativo a quienes regresan a su tierra natal tras vivir experiencias laborales fuera del país. Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social señalan las características a cumplir para poder ser beneficiario del subsidio:

  • Ser persona desempleada
  • Ser persona trabajadora española emigrante retornada de países no pertenecientes a la UE, Espacio Económico Europeo o Suiza
  • Permanecer inscrito durante un mes como demandante de empleo. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de duración del subsidio.
  • Suscribir el acuerdo de actividad
  • Haber trabajado, como mínimo, 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo por cotizaciones que tuviera acumuladas en los seis años anteriores a su salida de España.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias

Renta activa de inserción para emigrantes retornados (RAI)

La Renta Activa de Inserción (RAI) se erige como una generosa ayuda destinada a individuos que enfrentan considerables obstáculos para encontrar empleo y se encuentran en una situación económica desfavorable. Entre los beneficiarios de esta ayuda, se incluyen aquellos que han regresado después de haber emigrado, brindándoles un respaldo en su proceso de reintegración a la vida laboral y social.

Todos aquellos españoles retornados que necesiten hacer uso de la RAI, deben cumplir los siguientes puntos:

  • Ser persona desempleada y estar inscrita como demandante de empleo y suscribir el acuerdo de actividad
  • Tener 45 o más años de edad y ser menor de 65 años
  • No tener derecho a la prestación contributiva ni al subsidio por desempleo
  • No tener ingresos propios superiores al 75% del SMI
  • La suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen no puede superar el 75% del SMI
  • No haber sido persona beneficiaria de la renta activa de inserción en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud de admisión al programa de la renta activa de inserción, salvo en el caso de víctimas de violencia de género, sexual o doméstica y personas con discapacidad
  • No haber sido beneficiario de tres RAI anteriores. La RAI se puede cobrar como máximo tres periodos
  • Haber trabajado al menos 6 meses en el extranjero desde la última salida de España y haber retornado en los 12 meses anteriores a la solicitud

Subsidio por desempleo para emigrantes retornados mayores de 55 años

La consideración del subsidio por desempleo también se extiende a aquellos individuoos que, tras haber laborado en el extranjero, superan los 55 años al regresar a España.

Los requisitos a cumplir son los siguientes:

  • Ser persona desempleada, estar inscrita como demandante de empleo, permanecer inscrita durante un mes y suscribir el acuerdo de actividad. La isncripción deberá mantenerla durante todo el periodo de duración del subsidio
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo por cotizaciones que tuviera acumuladas en lso seis años anteriores a su salida de España.
  • Ser persona trabajadora emigrante retornada de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, ni Australia o Suiza
  • Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social español
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral
  • Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos 6 años desde su última salida de España
  • Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza superiores al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias
  • Tener cumplida la edad de 52 años en el momento para poder acceder al subsidio de emigrante retornado o retornada, o cumplirla durante la percepción del mismo.