Montaje de una madre con su bebé y un billete de 100 euros

SOCIEDAD

La ayuda de 100 € mensuales por hijo que pueden solicitar las madres después del parto

Esta ayuda puede cobrarse todos los meses y también se puede deducir en la declaración de la renta

La llegada al mundo de un recién nacido siempre implica un mayor gasto en la economía familiar. Para amortiguar dicho desembolso, desde el Estado se conceden una serie de ayudas. Una de ellas está orientada a las madres que acaban de tener un hijo, y se traduce en un ingreso de 100 euros mensuales.

Se trata de un pequeño impulso a las economías familiares, conocido como Renta de Crianza. Ahora bien, este tipo de medidas no parecen tener el efecto deseado, porque la natalidad en España está en su peor momento. En 2022, el número de nacimientos en nuestro país bajó un 2,21%, y no parece que los datos del año 2023 vayan a ser mejores.

¿Quién tiene derecho a la ayuda de 100 €?

A pesar de estos datos tan negativos, el Gobierno sigue apostando por las mismas medidas que en el pasado. Es más, esta Renta de Crianza ha sufrido modificaciones importantes en cuanto a sus condiciones, lo que permitirá ampliar el número de beneficiarios.

Y es que, hasta el pasado 28 de marzo, solo podían optar a ella las madres trabajadoras. Ahora, sin embargo, tienen la posibilidad de pedirla también los padres del mismo sexo, así como las familias monoparentales. En este último caso, solo cuando haya habido la muerte de uno de los dos progenitores o la custodia recaiga en exclusivo sobre uno de ellos.

Sea como sea, un requisito esencial para optar a esta ayuda es que se tengan hijos entre los 0 y 3 años. Es preciso que la solicitante haya cotizado tras el parto 30 días, disfrute de una prestación por desempleo o trabaje, como asalariada o por cuenta propia, a tiempo completo o parcial.

Además, la Agencia Tributaria también exige que los beneficiarios hayan permanecido de alta en la Seguridad Social o en una mutua al menos durante un mes. En el caso de los parados, se pide que se haya cobrado una mensualidad del paro.

Las dos formas de cobrar la ayuda

Si cumples con todos los requisitos, tienes que saber que existen dos formas de recibir esta ayuda. En primer lugar, se puede optar por recibir un ingreso mensual de 100 euros, lo que supone un total de 1.200 euros por año.

Las 2 formas de cobrar la Renta de Crianza

OPCIONES DE COBRAR LA AYUDAINGRESO
Ingreso100 € al mes durante 12 meses
Deducción1.200 € menos a pagar en la Renta

La otra opción es deducir estos mismos 1.200 euros de la Declaración de la Renta del año siguiente. Para los interesados en esta última opción, será necesario cumplimentar el modelo 140 de Hacienda.

¿Cómo se pide la Renta de Crianza?

Para solicitar la Renta de Crianza la Agencia Tributaria pone a disposición de los interesados varias opciones:

  • Presencialmente: Las personas que interesadas pueden acudir a cualquier oficina de la Agencia Tributaria. Antes, eso sí, habrá que solicitar cita previa. Una vez allí, tocará presentar el mencionado modelo 140 de Hacienda rellenado, junto a los DNIs del solicitante y sus hijos. 
  • En línea: También se puede solicitar de forma telemática, a través de la página web de la Agencia Tributaria, rellenando los formularios que se pide y aportando todos los documentos necesarios.
  • Por correo electrónico: La Agencia Tributaria también ofrece la opción de enviar toda la documentación necesaria a través del correo: agenciatributaria@correo.aeat.es.
  • Por Teléfono: Finalmente, existe la opción de ponerse en contacto directamente con la Agencia Tributaria. El número de referencia en este caso es el 901 200 347, pero también hay otros teléfonos de interés recogidos en su página web.