Montaje con persona conduciendo de fondo y chico sonriendo y con los pulgares hacia arriba
SOCIEDAD

Las 3 situaciones que permiten adelantar por la derecha sin recibir una multa

Estas excepciones no conllevan sanciones económicas por parte de la DGT

De forma general, no es extraño que en las carreteras sean muchos los conductores que se salten las normas de la DGT. De hecho, una de las irregularidades que más se repite es la de circular por el carril izquierdo sin pretender apartarse.

Esta conducta puede interferir en la seguridad del resto de los usuarios, pues se interrumpe la circulación de los demás vehículos que sí circulan por el carril derecho y pretenden más tarde adelantar. Cuando se producen estas infracciones, se pueden provocar accidentes y enfrentarse a sanciones.

Desde la DGT lo dejan claro: en autovías y autopistas hay que circular siempre por el carril derecho y adelantar por el izquierdo, como indica el artículo 31 del Reglamento General de Circulación.

En las ciudades puede haber excepciones

Sin embargo, como sucede con otro tipo de normas, también existen excepciones. En este caso, en los artículos 82 y 83 se habla de las situaciones que se pueden dar dentro de las ciudades.

Existen casos en los que sí se puede adelantar por la derecha en aquellas vías con al menos dos carriles del mismo sentido y tomando las precauciones adecuadas para no exponerse al peligro. En la ciudad se permite circular por el carril que más convenga.

Estos son los casos en los que sí puedes adelantar por la derecha

De este modo, a través de un tuit, desde la DGT han decidido aclarar cuáles son los casos en los que sí se puede adelantar por la derecha sin enfrentarse a sanciones:

Esto es legal hacerlo en la ciudad, así como en las autovías y autopistas que existan dentro de poblado y también en vías interurbanas, intersecciones y proximidades.

Otras cuestiones a tener en cuenta 

Por su parte, es necesario destacar que, si hay atasco y un coche supera al del carril izquierdo, esta conducta no se considera un adelantamiento, sino un rebasamiento. Por este motivo, tampoco conlleva la sanción de 200 euros de la DGT. Asimismo, cabe recordar que este tipo de sanciones no conllevan pérdida de puntos del carné de conducir.

No obstante, si el adelantamiento se realiza en zonas o circunstancias de visibilidad reducida, poniendo en peligro la seguridad o a los ciclistas, además de con la multa correspondiente, se puede sancionar con la retirada de 4 puntos del permiso de conducir.

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