Derrota judicial de Artur Mas en Europa sobre la supuesta vulneración sus de derechos
El expresident fue condenado por la celebración de la consulta independentista del 9-N
Punto y final a la batalla judicial de Artur Mas contra el Estado español al que acusó de haber vulnerado sus derechos fundamentales. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha rechazado este jueves la demanda interpuesta por el expresident de la Generalitat, que ha renunciado a seguir con el procedimiento judicial. Artur Mas denunció la vulneración de sus derechos fundamentales a raíz de la condena del Tribunal Constitucional por desobediencia y por haber organizado la consulta independentista del 9-N, en 2014.
Recordemos, Artur Mas fue condenado a dos años de inhabilitación por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por un delito de desobediencia, pena que fue rebajada a trece meses por el Tribunal Supremo. El expresident presentó un recurso de amparo al Tribunal Constitucional, que lo rechazó sin haberlo admitido a trámite. Esto llevó a Artur Mas a presentar una demanda ante el tribunal europeo por una presunta vulneración del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El órgano requirió hasta en dos ocasiones que el demandante presentara sus alegaciones, pero la defensa del expresident hizo caso omiso. El tribunal entiende que se desentiende así de la causa y, sin entrar a fondo en la cuestión, desestima la demanda poniendo fin así a la causa. Este nuevo revés de la justicia deja en evidencia a Artur Mas y a todo el entramado procesista que basó en la batalla judicial buena parte de su estrategia para internacionalizar el conflicto y deslegitimar al Estado español.
Qué dice la justicia europea
El expresident de la Generalitat, Artur Mas, fue condenado por el TSJC por inhibirse ante la celebración de la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014. El tribunal le condenó por no haber hecho nada para suspender o paralizar la consulta, pese a tener pleno conocimiento de la prohibición del Constitucional. Así, los jueces estimaron que el entonces presidente de la Generalitat “pervirtió los principios básicos de la democracia para la convivencia pacífica”.
Sin embargo, Artur Mas alegó que la comunicación del Tribunal Constitucional no era lo suficientemente precisa sobre la prohibición de realizar la consulta. El caso acabó en el Tribunal de Estrasburgo, ya que el expresident entendía que se habían vulnerado sus derechos fundamentales. El principal intérprete del Convenio Europeo sobre Derechos Humanos debía pronunciarse en última instancia sobre el cumplimiento del requisito de claridad por parte de la justicia española.
El Convenio Europeo de Derechos Humanos establece que “nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que no constituya una infracción según el derecho nacional o internacional”. También recoge que “no podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida”. Además, el expresident planteó a la justicia europea la inadecuación del delito impuesto por el Constitucional ya que dudaba si podía tener un carácter penal.
Pendiente de la amnistía
El procedimiento iniciado por Artur Mas muere con la desestimación de la justicia europea, pero le queda una última bala en la recámara. Además de esta condena, Artur Mas también fue condenado por el Tribunal de Cuentas a pagar 4,9 millones de euros por la organización de la consulta del 9-N con dinero público. Así mismo, está entre los 35 acusados de la celebración del 1-O y la acción exterior del Govern.
Pero todo esto quedará en nada con la aprobación de la amnistía, a la que entre otros también se podrá acoger el expresident Artur Mas. La amnistía supondrá la exoneración de todas sus condenas, motivo por el cual esta última decisión del TEDH carece de relevancia. Un motivo que podría explicar la pasividad de la representación del expresident ante el requerimiento para responder a las cuestiones del tribunal.
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