Imagen de fondo de varios billetes de euros sobre una mesa, junto a otra imagen de un hombre en primer plano con gesto alegre y otra de una hucha de cerdito con billetes de 50 euros al lado
ECONOMÍA

La Seguridad Social despeja las dudas a los autónomos sobre su jubilación

Te contamos qué pueden hacer aquellos autónomos que ya no están dados de alta en la Seguridad Social

La jubilación es una de las mayores preocupaciones para los autónomos en España. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos deben gestionar por sí mismos sus cotizaciones para asegurar una pensión adecuada en el futuro. Pero, ¿qué pueden hacer aquellos autónomos que, por diversas razones, ya no están dados de alta en la Seguridad Social?

La respuesta reside en el convenio especial, una herramienta que permite seguir cotizando para la jubilación, incluso sin estar en activo.

¿Qué es el convenio especial?

El convenio especial es un acuerdo entre el trabajador y la Seguridad Social que permite continuar cotizando de manera voluntaria. Esta opción es especialmente útil para los autónomos que han cesado su actividad, pero desean mantener sus derechos de pensión. Este convenio asegura que los años de cotización sigan sumándose, lo cual es crucial para calcular la pensión de jubilación​.

Fotomontaje de jubilados de fondo mirando unos papeles y al frente una cartera con euros

Para suscribirse a un convenio especial, los autónomos deben cumplir ciertos requisitos. En primer lugar, deben haber cotizado al menos 1.080 días en los doce años anteriores a la solicitud.

Además, no deben estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el momento de la solicitud. Una vez aceptado el convenio, el autónomo deberá pagar una cuota mensual, que varía en función de la base de cotización elegida.

Ventajas del convenio especial para autónomos

El principal beneficio de este convenio es que permite a los autónomos continuar cotizando para la jubilación sin necesidad de estar trabajando. Esto es fundamental en casos de cese temporal, enfermedad prolongada o cualquier situación que impida al autónomo mantenerse dado de alta. Además, el convenio especial es una muy buena opción para quienes están cerca de la jubilación y desean asegurar un periodo de cotización completo para obtener una pensión más alta.

¿Cómo solicitar el convenio especial?

La solicitud del convenio especial se realiza a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en las oficinas correspondientes. Es necesario presentar una serie de documentos, entre ellos, el formulario de solicitud, el DNI y los justificantes de las cotizaciones previas.

Una vez aprobada la solicitud, el autónomo empezará a pagar la cuota mensual. La cuota se actualizará anualmente según la base de cotización elegida y los cambios en la normativa de la Seguridad Social.

Una pareja de personas mayores sonríe mientras una de ellas sostiene un control remoto, con una imagen superpuesta de una mano contando billetes de euro.

Alternativas al convenio especial

Además del convenio especial, existen otras opciones para los autónomos que desean seguir cotizando para su jubilación. Una de ellas es la jubilación activa, que permite a los autónomos continuar trabajando y cobrando una pensión al mismo tiempo. Esta opción es para quienes han alcanzado la edad legal de jubilación y han cotizado lo suficiente para una pensión completa.

Otra alternativa es la cotización a través de mutualidades, que permite a los autónomos cotizar de manera privada y obtener prestaciones similares al sistema público. Sin embargo, las mutualidades no están sujetas a las mismas regulaciones que la Seguridad Social, por lo que es crucial informarse bien antes de optar por esta vía.

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