Fotomontaje de jubilados de fondo mirando unos papeles y al frente una cartera con euros
ECONOMÍA

¿Puede la residencia de mayores quedarse con tu pensión? La Seguridad Social lo aclara

La Seguridad Social explica los casos en los que las residencias de ancianos podrían cobrar la pensión de jubilación

En los últimos años, ha surgido una duda recurrente entre muchas familias: ¿pueden las residencias de mayores cobrar directamente la pensión de jubilación de sus residentes?

La respuesta, aunque puede parecer alarmante, tiene matices importantes que la Seguridad Social ha aclarado recientemente.

Imagen de fondo de dos mujeres mayores bailando y felices junto a otra imagen de un bote con monedas y la mano de una persona metiendo dentro un euro

Las residencias de mayores, tanto públicas como privadas, tienen un papel crucial en el cuidado de nuestros mayores. Sin embargo, la cuestión del cobro de la pensión de jubilación de los usuarios puede generar confusión y preocupaciones.

¿Qué dice la Seguridad Social?

En primer lugar, es importante entender que no todas las residencias de mayores tienen la autoridad para gestionar directamente las pensiones de sus usuarios.

Según la normativa de la Seguridad Social, esta práctica está permitida únicamente bajo ciertas condiciones muy específicas. Las residencias que albergan a personas mayores incapacitadas judicialmente pueden, con la autorización adecuada, recibir y administrar las pensiones de estos usuarios.

La principal razón detrás de esta medida es asegurar que las necesidades financieras de los residentes sean atendidas adecuadamente, especialmente cuando los residentes no tienen la capacidad de gestionar sus propios fondos debido a su estado de salud​.

Montaje de un señor mayor sentado en un sofá y a su derecha una mano sujetando billetes de euro de 50 €`

Para que una residencia pueda recibir la pensión de jubilación de un residente, debe estar inscrita en el Registro de Colaboradores de la Seguridad Social.

Este registro permite que las residencias actúen como intermediarios en el cobro de las pensiones, asegurando que los fondos se utilicen específicamente para cubrir los costos de cuidado y manutención del residente.

¿Qué dice la ley?

La ley establece que las pensiones contributivas, como la de jubilación, deben ser abonadas directamente en la cuenta corriente del beneficiario. Sin embargo, hay excepciones para aquellos mayores que no pueden gestionar sus finanzas por sí mismos. En estos casos, la residencia puede recibir los pagos siempre que cuente con la autorización legal correspondiente.

Este proceso no implica que la residencia se "quede" con el dinero de la pensión. Más bien, la residencia administra estos fondos para cubrir los gastos de alojamiento, cuidados médicos y otros servicios esenciales que proporciona al residente. Además, la Seguridad Social supervisa y regula estrictamente este sistema para evitar cualquier tipo de abuso o mala gestión.

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