Hacienda avisa de algo que preocupará a muchos ciudadanos con deudas: no se puede
Desde la Agencia Tributaria dan un aviso que deben tener en cuenta todos los que tienen dinero por pagar
Las deudas con Hacienda son, sin duda, una de las situaciones más delicadas que puede enfrentar un contribuyente. No solo porque implican una obligación legal que no se puede ignorar, sino porque el incumplimiento puede derivar en procedimientos administrativos largos. Y no solo esto, también en la imposición de sanciones que incrementan el monto inicial de manera significativa.
A menudo, estas deudas surgen por dificultades económicas que impiden cumplir con las obligaciones fiscales en el momento requerido. Para mitigar esta situación, Hacienda pone a disposición de los ciudadanos herramientas como el aplazamiento o el fraccionamiento del pago.
Estas medidas buscan facilitar el cumplimiento al permitir que el contribuyente divida el importe en cuotas más pequeñas o posponga la fecha de vencimiento.
¿Cómo funcionan el aplazamiento y el fraccionamiento?
El aplazamiento permite que el contribuyente posponga el pago total de su deuda a una fecha posterior, mientras que el fraccionamiento divide la cantidad adeudada en varios plazos, haciéndola más manejable.
Ambas opciones pueden ser de gran ayuda para quienes se encuentran en una situación económica difícil. Ofrecen flexibilidad y tiempo para reorganizar las finanzas. Sin embargo, estas medidas no son automáticas ni aplicables a todos los tipos de deudas.
Deudas que no admiten facilidades de pago
Hacienda establece claramente que no todas las deudas pueden beneficiarse de estas herramientas. Por ejemplo, las obligaciones relacionadas con retenciones realizadas por empresas o autónomos, como las practicadas sobre los salarios de los empleados o pagos a proveedores, deben abonarse en los términos establecidos sin posibilidad de aplazamiento.
Lo mismo ocurre con los tributos repercutidos, como el IVA, salvo en casos excepcionales en los que se demuestre que las cuotas no han sido efectivamente pagadas por los clientes.
Además, hay otros casos, como las deudas relacionadas con resoluciones firmes de recursos administrativos o judiciales previamente suspendidos, y aquellas que derivan de créditos contra la masa en situaciones concursales. También las obligaciones asociadas al impuesto sobre sociedades suelen quedar fuera de las opciones de fraccionamiento.
Estas exclusiones obedecen a la necesidad de garantizar el flujo de ingresos al Estado y asegurar el cumplimiento de compromisos esenciales en el ámbito público. En todos estos casos las deudas ni se pueden aplazar ni fraccionar.
La importancia de la información y la prevención
Ante este panorama, es crucial que los contribuyentes conozcan no solo las opciones que tienen a su disposición, sino también las limitaciones que pueden encontrarse. Contar con una información clara y actualizada es la mejor forma de evitar malentendidos y planificar adecuadamente las obligaciones fiscales.
Para aquellos que necesiten recurrir al aplazamiento o fraccionamiento, es recomendable realizar el trámite cuanto antes y asegurarse de cumplir con los requisitos establecidos por Hacienda. Esto no solo facilitará la aceptación de la solicitud, sino que también ayudará a evitar sanciones adicionales por retrasos o incumplimientos.
Si bien Hacienda ofrece opciones para adaptarse a la situación de los contribuyentes, no conocer las reglas puede llevar a sorpresas desagradables y complicaciones legales. Por ello, ante cualquier duda o dificultad, lo más prudente es consultar con un profesional especializado en fiscalidad.
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