Fotomontaje con una imagen de fondo de un mano con una cartera y al frente un jubilado preocupado
ECONOMÍA

La Seguridad Social lanza un aviso a los viudos y viudas de España sobre la pensión

La Seguridad Social aclara quién tiene derecho a cobrar la pensión de viudedad tras el fallecimiento de su pareja

La pensión de viudedad es una prestación económica de la Seguridad Social en España para cónyuges o parejas de hecho de personas fallecidas. Su objetivo es aliviar la carga económica que puede surgir tras la pérdida de un familiar. Si eres la primera esposa de una persona que ha fallecido, puede que te preguntes si tienes derecho a esta pensión.

¿Qué es la pensión de viudedad?

La pensión de viudedad es una prestación contributiva que se concede al cónyuge o pareja de hecho del fallecido para ayudar a compensar el impacto económico derivado de su muerte.

La cuantía de la pensión se basa en la base reguladora del fallecido y puede variar según la situación del solicitante. Esta ayuda económica está destinada a proporcionar estabilidad financiera al cónyuge o pareja de hecho sobreviviente.

Fotomontaje con una imagen de fondo de una jubilada haciendo cálculos y al frente un abanico de billetes de euro

Requisitos para acceder a la pensión de viudedad

Para tener derecho a una pensión de viudedad, deben cumplirse varios requisitos básicos:

  • Relación con el fallecido: Debes haber sido cónyuge o pareja de hecho del fallecido.
  • Afiliación a la Seguridad Social: El fallecido debe haber estado afiliado a la Seguridad Social y cumplir con ciertos períodos de cotización. Si la muerte se debe a accidente o enfermedad profesional, no se exige un período previo de cotización.
  • Estado civil del solicitante:  No debes estar casada de nuevo ni en una nueva pareja de hecho si eres expareja del fallecido.

Derecho a la pensión de viudedad para exparejas

Si eres la primera esposa de una persona que ha fallecido, puedes tener derecho a la pensión de viudedad bajo ciertas condiciones:

Divorcio o separación: Si estás divorciada o separada judicialmente del fallecido, puedes tener derecho a la pensión de viudedad siempre y cuando no hayas contraído un nuevo matrimonio. La pensión no se concede si el fallecido estaba en una nueva relación de pareja de hecho o había vuelto a casarse al momento de su fallecimiento.

Dos manos sobre un documento con dos anillos dorados y un símbolo de exclamación rojo junto a un logotipo colorido en un círculo.

Pensión compensatoria: Si recibes una pensión compensatoria del fallecido, esta puede afectar la pensión de viudedad. Si la pensión de viudedad es mayor que la pensión compensatoria, esta última se ajustará para igualar la cantidad de la pensión de viudedad.

Tiempo desde la separación:  Para separaciones anteriores al 1 de enero de 2008, no se necesita pensión compensatoria si han pasado menos de diez años desde la separación. Esto aplica siempre que existan hijos en común. Desde el 1 de enero de 2013, no es necesario recibir una pensión compensatoria para tener derecho a la pensión de viudedad.

Cómo solicitar la pensión de viudedad

Para solicitar la pensión de viudedad, debes seguir estos pasos:

  • Reunir la documentación necesaria: Partida de defunción, prueba de relación (certificado de matrimonio o pareja de hecho) y documentos de cotización del fallecido.
  • Presentar la solicitud: Puedes presentar la solicitud en la Seguridad Social, ya sea en persona o a través de su plataforma en línea.
  • Esperar la resolución:  La Seguridad Social revisará tu solicitud y emitirá una resolución. Si se aprueba, recibirás la pensión de viudedad correspondiente.
➡️ Pensiones ➡️ Economía

Más noticias: