Hacienda tiene un aviso para todos los propietarios que han hecho reforma
Hay ciertos beneficios de los que quizás te puedes aprovechar si has hecho reforma, y ni siquiera lo sabías
Hacienda lo ha dejado bien claro. Cuando un propietario decide vender su vivienda, hay una serie de aspectos que deben tener en cuenta para evitar sorpresas fiscales. Especialmente a la hora de calcular la ganancia patrimonial y la plusvalía en el IRPF.
Muchos propietarios no son conscientes de ciertos detalles que, si se gestionan correctamente, pueden resultar en un importante ahorro fiscal. La Dirección General de Tributos y el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) han advertido sobre algunas de estas consideraciones. Son clave para reducir el impacto de la venta en la declaración de la Renta.
¿Cómo reducir la ganancia patrimonial a efectos fiscales?
Al vender una vivienda, uno de los elementos que se debe tener en cuenta es la ganancia patrimonial. Por ella hay que pagar a Hacienda. Tributa a tipo fijo en función de la cantidad obtenida de la venta (19%, 21%, 23% o 26%).
Esta ganancia, Hacienda la calcula de forma sencilla. Es la diferencia entre el valor de adquisición (el precio que pagó el propietario por la propiedad) y el valor de transmisión (el precio al que se vende).
Al valor de adquisición se le pueden añadir ciertos costes que el propietario haya realizado en el inmueble. Gastos de reforma o mejoras que aumenten su valor de mercado. SI el valor de adquisición sube, la diferencia con el de venta baja, por lo que conseguimos pagar menos impuestos.
Sin embargo, no todas las obras que se realicen en una casa cuentan a la hora de calcular el valor de adquisición. Hacienda deja claro que solo las obras de mejora son las que realmente influyen en el valor de adquisición del inmueble.
Hacienda lo aclara: obras de mejora vs. obras de conservación
Es importante entender la distinción que Hacienda hace entre obras de conservación y obras de mejora. Las primeras, como puede ser la reparación de electrodomésticos o la pintura de una habitación, no aumentan el valor de la propiedad a efectos fiscales. No modifican ni mejoran las calidades del inmueble.
En cambio, las obras de mejora, como una reforma integral que cambie la distribución de la casa, renueve instalaciones o eleve la calidad de los acabados, sí pueden sumarse al valor de adquisición.
Este es un punto crucial que el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) recordó en una resolución reciente (25-9-2023). Destacó que solo las reformas que aumenten las calidades de la vivienda pueden computarse como parte del valor de adquisición. Esto implica que, en una futura venta, el propietario podrá calcular una menor ganancia patrimonial, lo que se traduce en una menor plusvalía a pagar en el IRPF.
Pruebas y documentación: claves para reducir el impacto fiscal
Para que Hacienda acepte estas mejoras como parte del valor de adquisición, es fundamental tener pruebas fehacientes de las obras realizadas. Estas pruebas pueden ser las facturas de la reforma, los contratos con los proveedores o cualquier tipo de documento que demuestre que las obras fueron realmente de mejora.
José María Salcedo, experto fiscal, subraya que cuanto mayor sea el valor de adquisición, menor será la ganancia patrimonial. Por ende, mayor será el ahorro fiscal. Así, contar con una correcta documentación de las reformas puede significar una diferencia importante en el cálculo de la plusvalía.
Es recomendable que los propietarios recopilen todas las pruebas durante la ejecución de las obras, y no esperar hasta el momento de la venta para reunir los documentos necesarios. Será más sencillo el trámite ante Hacienda.
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