Imagen en la que se pueden ver los pies de un infante que está siendo sostenido por otra persona desde atrás
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Cinco nombres que no puedes poner a tu hijo en España aunque quieras

El Registro Civil rechaza los nombres que "perjudiquen a la persona" o puedan tener connotaciones negativas

Muchos creyeron que se trataba de un mito. Si nos regimos por unos patrones lógicos, lo normal es pensar que la elección de un nombre dependa de los padres. Es, de hecho, la primera gran decisión de los progenitores con su hijo. Pues les vamos a chafar el guion. Y es que existen varios nombres que, ni aunque quieras, se lo podrás poner a tu hijo o hija.

¿Y cuáles son? El Registro Civil rechaza los nombres que puedan ser "perjudiciales" para el niño. Y aquí aparecen cuestiones históricas, materiales y de género. Todo ello lo resume el artículo 54 de la Ley de 8 de junio de 1957 del Registro Civil. Este especifica que "quedan prohibidos los nombres que objetivamente perjudiquen a la persona". 

¿Cuáles son los nombres prohibidos?

Hitler, Caín, Stalin, Osama Bin Laden o Judas. Son los cinco primeros nombres que el Registro Civil rechaza por ser "perjudiciales" por el menor. Asimismo, también se rechazan nombres como Caca, Engendro y Loco. 

En esta misma línea, cabe reseñar que el Registro Civil también prohíbe usar el mismo nombre entre hermanos. "No puede imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido, así como tampoco su traducción usual a otra lengua", señala el Registro Civil. 

Plano general de una familia dentro de un coche, la madre conduciendo y el padre detrás con el bebé en la sillita del coche

Tampoco se permitirá que el menor tenga más de un nombre compuesto. "No podrá consignarse más de un nombre compuesto, ni más de dos simples", establecen. Una norma que se ha ido renovando, ya que en el pasado sí se permitía hacerlo. 

Finalmente, también se prohibirán los nombres que "hagan confusa su identificación y los que induzcan a error en cuanto a sexo". 

Ni diminutivos, ni apellidos por nombre, ni marcas

Es decir, según el Registro Civil, no podrías registrar el nombre de tu hijo como 'Pedrito', 'Martínez' o 'Adidas'. Pues son diminutivos, apellidos y marcas. 

"No se pueden imponer nombres que hagan confusa la identificación", dice la norma. Por lo que se acabaron los niños que se llaman Michael Jordan o Leo Messi. Algo ya muy poco frecuente en España, pero que sí continúa pasando en países de América Latina. 

De la misma manera, tampoco le podrías poner a tu hijo el nombre de una marca o un apellido, ya que lleva a dicha "confusión". 

Así las cosas, cuando tengas un hijo, debes ir al Registro Civil con la lección aprendida. En España, no todo vale. 
 

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