Montaje con billetes de euro y persona en silla de ruedas

SOCIEDAD

El truco para aumentar la pensión por incapacidad permanente: solo hay 2 requisitos

Aquellas personas con una incapacidad permanente verán crecer un 20% su pensión, si cumplen un par de condiciones

Cuando padeces una incapacidad permanente, la Seguridad Social te compensa con una pensión por la pérdida de ingresos provocada por esa enfermedad o accidente sufrido. El caso es que dicha incapacidad hace que el trabajador no pueda trabajar en su profesión.

Y lo cierto es que este podría cobrar más por la incapacidad permanente hasta en un 20 %, acrecentando su pensión hasta el 75 % de la base reguladora. Eso sí, para hacer efectivo ese aumento hay que cumplir dos requisitos indispensables o verás cómo no crece tu pensión.

En términos de beneficios económicos, la pensión que se paga cuando tienes una incapacidad permanente total suele ser del 55 % de la base reguladora. Pero hay un 'truco' para cobrar mucho más de la Seguridad Social.

Los 2 requisitos necesarios para poder aumentar tu pensión de incapacidad permanente

Pero para dar ese salto del 20 % hay que, en primer lugar, tener al menos 55 años de edad. Estamos hablando de un criterio que deja constancia que, según los trabajadores van envejeciendo, estos tienen que lidiar con más dificultades para volver a la vida profesional.

El otro requisito a cumplir es que la persona solicitante no debe estar realizando ninguna actividad de tipo profesional. Debe estar en paro y demostrar con creces que tiene grandes problemas para buscar un trabajo por su incapacidad permanente total. En este caso, se denomina esta incapacidad como permanente total cualificada.

Cómo solicitar el incremento del 20 % de la incapacidad permanente total

A pesar de que cumpla estos dos requisitos para cobrar el 75 % de la base reguladora, una vez que vuelva a encontrar trabajo, la base reguladora volverá al 55 %. Para solicitar el incremento de la pensión, puede llevarse a cabo por dos vías.

  • Sede Electrónica de la Seguridad Social: los solicitantes tienen la opción de realizar esta gestión accediendo a la sección 'Prestaciones: Tu Seguridad Social'. En esa página web, se deberán identificar con un certificado electrónico, Clave pin SMS o DNI electrónico
  • Vía telefónica: para aquellos que les resulte más cómodo llamar por teléfono, pueden hacerlo a estos números fijados por la administración: 901 166 565 y 915 421 176.

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En cuanto a la incapacidad permanente total, esta podría ser retirada si existe una mejoría de la situación del trabajador en cuanto a su salud se refiere. También si el trabajador recibe un tratamiento rehabilitador y mejora su capacidad para desempeñar un trabajo, o consigue un trabajo que sea compatible con su incapacidad.