Imagen de fondo de una persona con billetes de euro en la mano y otra de dos personas mayores mirando un ordenador
SOCIEDAD

Estos trabajadores pueden jubilarse a los 55 años con el 100% de la pensión

Ciertos trabajos penosos, peligrosos, tóxicos o insalubres permiten jubilarse a los 55 años, en vez de a los 66 años

En España, la edad ordinaria de jubilación en 2024 es de 66 años y 6 meses. También se pueden jubilar las personas de 65 años si han cotizado al menos 38 años a la Seguridad Social. Sin embargo, ciertas profesiones y trabajadores con discapacidad pueden jubilarse a los 55 años y recibir el 100% de la pensión, cumpliendo ciertos requisitos.

Generalmente, las jubilaciones anticipadas conllevan un coeficiente reductor que disminuye la cuantía de la pensión, variando entre el 0,5% y el 30% dependiendo del adelanto. Pero algunas profesiones o trabajadores con discapacidad pueden evitar esta reducción.

¿Quiénes se pueden jubilar a los 55 años?

La Seguridad Social establece que ciertos trabajos penosos, peligrosos, tóxicos o insalubres con altos índices de morbilidad o mortalidad pueden adelantar la jubilación. También se incluyen los trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, según el Real Decreto 370/2023.

Profesiones peligrosas

Los profesionales taurinos y trabajadores con discapacidad pueden jubilarse a los 55 años con el 100% de la pensión. Entre los taurinos, solo matadores, rejoneadores, banderilleros y otros específicos pueden hacerlo si han cotizado al menos 10 años. Otros profesionales taurinos deben esperar hasta los 60 años o enfrentar una reducción del 8% anual si se jubilan antes.

Personas con discapacidad

Los trabajadores con una discapacidad del 65% o más pueden jubilarse a partir de los 52 años, siempre que tengan 15 años cotizados. Es importante que tenga 5 años con alguna discapacidad de las incluidas en el Anexo I del Real Decreto 370/2023.

Jubilaciones de las personas con discapacidad en España

GRADO DE DISCAPACIDADJUBILACIÓN
Discapacidad del 65%Jubilación a partir de los 52 años (con al menos 15 años cotizados)
Discapacidad de entre el 45% y el 64%Jubilación con el 50% de pensión a partir de los 56 años (con al menos 15 años cotizados)
Discapacidad de entre el 45% y el 64%Jubilación con el 100% de la pensión (con al menos 36 años y 6 meses cotizados)

Seguridad Social

Aquellos con una discapacidad entre el 45% y el 64% pueden jubilarse a los 56 años, cumpliendo con las mismas condiciones de cotización. Para cobrar el 100% de la pensión, se requiere haber cotizado al menos 36 años y 6 meses.

Con 15 años cotizados se tendrá derecho al 50% de la base reguladora. La base reguladora aumenta un 0,21% por cada uno de los primeros 49 meses adicionales cotizados y un 0,19% por los meses siguientes hasta completar los años necesarios.

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